MAIBUR SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

Artículo 18 BIS.- Retribución de los Administradores.- El cargo de Administrador será retribuido. Se establece, desde el uno de enero de dos mil doce, una retribución fija anual para cada Administrador de veinticuatro mil euros (24.000,00). Para los ejercicios siguientes, la remuneración de los.

Datos registrales

T 244 , F 53, S 8, H LO 88, I/A 10 ( 8.06.12).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 117 del Jueves 21 de Junio de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.

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