20.20 MOBILE (ESPAÑA) S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBENTE) 20.20 MOBILE HOLDINGS ESPAÑA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL SOLUCIONES ESTRATÉGICAS DE TELECOMUNICACIONES, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Anuncio de fusión

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "Ley 3/2009"), se hace público que los accionistas de las sociedades "20.20 Mobile (España), S.A., Sociedad Unipersonal", "20.20 Mobile Holdings España, S.A., Sociedad Unipersonal" y "Soluciones Estratégicas de Telecomunicaciones, S.A., Sociedad Unipersonal" aprobaron, por unanimidad, el día 23 de junio de 2010, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "20.20 Mobile (España), S.A., Sociedad Unipersonal" sobre "20.20 Mobile Holdings España, S.A., Sociedad Unipersonal" y "Soluciones Estratégicas de Telecomunicaciones, S.A., Sociedad Unipersonal", con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal del patrimonio de éstas a favor de "20.20 Mobile (España), S.A., Sociedad Unipersonal", como sociedad absorbente y sin ampliación de capital de ésta última por ser una de las sociedades absorbidas, "20.20 Mobile Holdings España, S.A., Sociedad Unipersonal", titular de manera directa de la totalidad de las acciones de la sociedad absorbente "20.20 Mobile (España), S.A., Sociedad Unipersonal", y de la restante sociedad absorbida "Soluciones Estratégicas de Telecomunicaciones, S.A., Sociedad Unipersonal", todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid, por ser el domicilio de todas las sociedades involucradas. De acuerdo con el citado artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro del Acuerdo adoptado y del Balance de fusión. Asimismo, y de acuerdo con el meritado artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse al presente Acuerdo en los términos establecidos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009 durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 23 de junio de 2010.- Luis Miranda Rubi, Secretario del Consejo de Administración de, 20.20 Mobile (España) S.A., Sociedad Unipersonal, 20.20 Mobile Holdings España, S.A., Sociedad Unipersonal, Soluciones Estratégicas de Telecomunicaciones S.A., Sociedad Unipersonal.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 120 del Viernes 25 de Junio de 2010. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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