ATENTO EMEA B.V. (SOCIEDAD ABSORBIDA) ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que los accionistas únicos de "Atento Teleservicios España, S.A." (Sociedad Unipersonal), que es la sociedad "Atento Emea B.V." (Sociedad Unipersonal), y "Atento Emea B.V." (Sociedad Unipersonal), que es la sociedad "Atento Holding Inversiones y Teleservicios, S.A." (Sociedad Unipersonal), han aprobado, con fecha 15 de junio de 2009, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la sociedad de nacionalidad holandesa "Atento Emea B.V." (Sociedad Unipersonal) (Sociedad absorbida) por parte de "Atento Teleservicios España, S.A." (Sociedad Unipersonal) (Sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todos sus Activos y Pasivos, a título universal, a "Atento Teleservicios España, S.A." (Sociedad Unipersonal) (Sociedad absorbente).

La fusión se acordó sobre la base (i) del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, el día 6 de mayo de 2009, que fue presentado a deposito en los Registros Mercantiles de Madrid y de Ámsterdam, y (ii) de los Balances de fusión de ambas sociedades, cerrados el 31 de diciembre de 2008, y debidamente auditados por sus Auditores de cuentas y aprobados por los socios únicos de las sociedades participantes.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de "Atento Emea B.V." (Sociedad Unipersonal) y de "Atento Teleservicios España, S.A." (Sociedad Unipersonal) de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de las mismas. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de "Atento Emea B.V." (Sociedad Unipersonal) y de "Atento Teleservicios España, S.A." (Sociedad Unipersonal) de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los socios de las sociedades que se fusionan, podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo la dirección donde pueda obtenerse, sin gastos, una información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos la siguiente: Calle Santiago de Compostela, n.º 94, Madrid.

Madrid, 15 de junio de 2009.- Pedro Villar Iroumé, Presidente de Atento Teleservicios España, S.A.U. Administrador Solidario de Atento Emea B.V.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 112 del Miércoles 17 de Junio de 2009. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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