Je veux savoir à propos de…
- Espagne
Artículo 7.- TRANSMISION DE PARTICIPACIONES 1. Transmisiónpor actos "inter vivos" Las participaciones sociales podránser transmitidas intervivos, libremente entre socios y, a favor de ascendientes, descendientes, o colaterales dentro del segundo grado de consanguinidad. En los demás casos, la.
T 3415, L 3415, F 24, S 8, H PO 44907, I/A 3 (15.01.09).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 17 del Martes 27 de Enero de 2009. Empresarios, Actos Inscritos.