ANLUGA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) EXPANSIÓN TURÍSTICA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbida)

Anuncio del acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, mediante acuerdo adoptado por las Juntas generales extraordinarias y universales de las dos sociedades celebradas en los respectivos domicilios sociales, el día 27 de junio de 2004, se ha aprobado la fusión, por absorción, por parte de «Anluga, Sociedad Anónima», de «Expansión Turística, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal), ajustándose a los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Mallorca, de fecha 31 de diciembre de 2003, con disolución, sin liquidación de «Expansión Turística, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) y traspaso en bloque a «Anluga, Sociedad Anónima», a título de sucesión universal, de todo el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fecha a partir de la cual, las operaciones de la entidad «Expansión Turística, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal), sociedad absorbida, se considerarán a efectos contables, por cuenta de la sociedad a la que traspasa su patrimonio «Anluga, Sociedad Anónima», sociedad absorbente, será el día 1 de enero de 2004. No se concede derecho especial alguno, ni ventaja a los Administradores de las sociedades.Igualmente, de acuerdo con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de todos los socios y acreedores, el derecho que les corresponde de examinar, en el domicilio social, la totalidad de los documentos, indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas (texto íntegro del acuerdo adoptado y Balances de fusión, entre otros), así como de obtener la entrega o envío, completamente gratuito, del texto íntegro de los mismos. Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición que les asiste, en los términos de la Ley, a los acreedores y, en su caso, a los obligacionistas, que deberá ser ejercitada en el plazo de un mes, desde la fecha del último anuncio de acuerdo de fusión adoptado en las respectivas Juntas generales.Asimismo, se comunica a los representantes de los trabajadores de ambas sociedades, la puesta a su disposición, para su examen, en los respectivos domicilios sociales, de los documentos a los que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cala Millor, Sant Llorenç des Cardassar, 15 de septiembre de 2004.-El Administrador Único de «Anluga, Sociedad Anónima», don Juan Llull Juan y el Presidente del Consejo de Administración de «Expansión Turística, Sociedad Anónima», don Joaquín Benigno Cañada Arroyo.- 47.390. 1.ª 25-10-2004

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 206 del Lunes 25 de Octubre de 2004. .