REAS S.R.L. - 11/05/2016

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REAS S.R.L.

POR 1 DÍA.- Por instrumento privado del 03/05/2016. Se modifica la cláusula 4° OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: A). consultoría y servicios de diseño, en los planos nacional e internacional, estudios de mercado, publicidad y servicios de marketing, venta, importación y exportación al por mayor o al por menor a través de cualquier canal de productos gráficos estándares y específicos y de objetos relacionados al diseño inclusive a través de Internet, B). comercialización, fabricación, diseño, intermediación y distribución de todo tipo de productos para la industria del papel y la gráfica, moldes, troqueles y sus derivados.

Comprendiendo también de productos sintéticos, plásticos, pasta papelera, papel, cartón, envases, bolsas, rótulos, material fotográfico y servicios de impresión.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de operaciones, actos y contratos que no se encuentren expresamente prohibidos por este contrato y que se encuentren relacionados con el cumplimiento del objeto social.- Se modifica la cláusula 6° ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración y representación de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes quienes podrán a su vez revestir la calidad de socios y ejercerán la representación de la sociedad en forma indistinta.

A sus efectos expresamente se dispone que la administración y representación se integra con la firma de un solo gerente.

Los gerentes podrán ser reelegidos indefinidamente y su duración podrá ser determinada o indeterminada de acuerdo con lo que dispongan los socios en decisión asamblearia.

Con tal requisito representarán a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto de la sociedad, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales.

Les queda prohibido comprometer a la sociedad en actos extraños al objeto social.

Tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, celebrando en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, incluso los previstos en el art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y el art. 9 decr. 5965/63. Podrán además operar con entidades bancarias y demás instituciones de créditos oficiales y privadas, establecer agencias, sucursales y otras especies de representación, dentro o fuera del país, con el objeto y extensión que juzguen convenientes.

Los gerentes deberán cumplir con la garantía dispuesta en art 76 RG IGJ 07/2015.- Autorizado según instrumento privado Estatuto de Constitución de fecha 25/02/2016 Diego Di Fiori - T°: 46 F°: 801 C.P.A.C.F.

e. 11/05/2016 N° 30634/16 v. 11/05/2016

Edicto publicado en la página 7 del Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 11 de Mayo de 2016

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