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Informa que: Por Escritura 219 del 11/6/2012. Pablo Oscar De Lío y Daniel Antonio De Lío, ceden, venden y transfieren las 400 cuotas que cada uno poseía en la sociedad a favor de Oscar Antonio De Lío">Oscar Antonio De Lío y Mirta Beatriz Acosta">Mirta Beatriz Acosta, quienes las adquieren en condominio y en la proporción de 400 cuotas cada uno. Como consecuencia se modifica el artículo 4º: Cuarto: “El capital social se fija en la suma de $ 4.000, dividido en 4.000 cuotas de $ 1 valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: Oscar Antonio De Lío">Oscar Antonio De Lío 2.440 cuotas, equivalentes a $ 2.440 y Mirta Beatriz Acosta">Mirta Beatriz Acosta 1.560 cuotas, equivalentes a $ 1.560. Se modifica el artículo 5º por adecuación de la garantía de los gerentes a las normativas vigentes de IGJ. Se cambio la sede social a Tabaré 6573, CABA. Por último reeligen en el cargo de gerente a Oscar Antonio De Lío">Oscar Antonio De Lío y Mirta Beatriz Acosta">Mirta Beatriz Acosta.
Fijan domicilio especial en Tabaré 6573, CABA. Autorizada e instrumentada en escritura 219 del 11/6/2012. Dra. Yamila Rodriguez Foulon.
e. 04/07/2012 Nº 72415/12 v. 04/07/2012
Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 4 de Julio de 2012
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