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(I.G.J. Nº 1.686.444) Comunica que por Asamblea del 18/02/2005 se resolvió Modificar el artículo noveno del Estatuto Social en relación al monto de la garantía a ser prestada por los Directores.
Asimismo, por Asamblea del 20/03/2006 se resolvió aumentar y reducir el capital social y reformar el artículo cuarto del Estatuto Social que quedó redactado del siguiente modo: “El capital sociales de $ 138.690 (Pesos ciento treinta y ocho mil seiscientos noventa) representado por 138.690 acciones de $ 1 (un peso) valor nominal cada una, y con derecho a un (1) voto por acción.
El capital puede ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por decisión de la Asamblea Ordinaria, conforme lo previsto por el artículo 188 de la Ley Nº 19.550”. Di Paola">Daniel Di Paola, autorizado por actas del 18/02/2005 y 20/03/2006. Abogado – Daniel F. Di Paola Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.
Fecha: 18/9/2009. Tomo: 72. Folio: 581. e. 21/09/2009 Nº 80032/09 v. 21/09/2009
Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 21 de Septiembre de 2009
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