Edicto publicado el 01/07/2008

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría Nº 3, a cargo de la Dra. Paula Lage, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja, de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 11 de abril de 2008 en los autos caratulados “INDUSAIRE S.R.L. S/ QUIEBRA”, se resolvió decretar la quiebra de INDUSAIRE S.R.L. (C.U.I.T. Nº: 30-66168351-8), ordenándole a éste y a los terceros que hagan entrega al síndico de los bienes que tuvieran en su poder pertenecientes al quebrado.

Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces.

Se intima al fallido para que en el plazo de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo, con indicación precisa de su composición, ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio, así como para que dentro de las 48 hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado.

Se reprogramaron las fecha consignadas en el auto de quiebra, fijándose hasta el día 21 de Agosto de 2008 para que los acreedores con causa o título anterior a la declaración de quiebra y sus garantes presente al síndico los títulos justificativos de sus créditos y títulos respectivos en la forma indicado en el Art. 32 y sgtes.

de la Ley 24.522 y que cuentan hasta el día 4 de Septiembre de 2008, para proceder —si así lo estimaren— a impugnar los créditos insinuados y los controvertidos, o contestarlos ante el síndico hasta el día 18 de Septiembre de 2008. Se fijan las fechas de 2 de Octubre de 2008 y el 13 de Noviembre de 2008 para las presentaciones de los informes individual y general previstos en los Arts. 35 y 39 de la L.C., respectivamente.

El síndico designado es la contadora SUSANA GRACIELA MARINO con domicilio en URUGUAY 560, 6º PISO, OFICINA 61. Publíquense por 5 días sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (Art. 89 Inc. 3 L.C.). Buenos Aires, 19 de junio de 2008. Paula E. Lage, secretaria.

e. 30/06/2008 Nº 580.619 v. 04/07/2008

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 1 de Julio de 2008

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