ESTANCIA ANGUS S.A. - 12/06/2006

Se comunica que por Escritura Pública de fecha 24/05/2006, se ha modificado el art. 4º de los Estatutos Sociales, el cual queda redactado de la siguiente forma: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto la realización por sí, por terceros o asociada a terceros de las siguientes actividades:

a) Ganadera: Explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado vacuno, ovino, porcino, caprino, equino y en general cría de ganado de todo tipo y especie; como asimismo la cría de todo tipo y especie de animales de pedigree y explotación de tambos.

b) Agrícola: Explotación de todas las actividades agrícolas en general, tanto en establecimientos de propiedad de la sociedad como de terceros, realizando todas las labores del ciclo agrícola o solamente algunas de ellas.

c) Industria frigorífica: Recepción de ganado directamente de los productores y/o consignatarios y/o remates, para su faena y posterior venta de la carne y subproductos resultantes, tales como vísceras, cueros, huesos, sebo y demás subproductos; en matadero propio y/o de terceros.

d) Comerciales: Compra, venta, acopio, consignación, permuta, distribución, importación y exportación de todo tipo de bienes, especialmente los relacionados con su objeto ganadero y agrícola; como así también de todo tipo de productos y subproductos de origen animal, ya sea para consumo humano o consumo animal, tales como carnes, menudencias (sean estas frescas, cocidas o conservadas), extractos, cueros, huesos.

huevos, lanas, cerdas, plumas, leches, grasas, sebos, quesos y en general todo otro producto o subproducto de origen animal.

e) Representaciones y mandatos: ejercicio de representaciones, comisiones, mandatos, agencias, consignaciones, gestiones de negocios de personas o empresas nacionales o extranjeras, radicadas en el país o en el exterior, como así también la operación, desarrollo y transferencia de franquicias.

f) Actividades inmobiliarias: Compra, venta, permuta, alquiler y arrendamiento de propiedades inmuebles, exclusivamente en lo referido a campos o establecimientos rurales para la explotación de actividades ganaderas y/o agrícolas.

g) Actividades financieras: realización de operaciones de préstamos con o sin garantía, constitución de hipotecas, prendas o cualquier otro derecho real. Aportes de capitales a personas y/o sociedades para financiar operaciones: como así también la compraventa de títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito.

Se excluyen expresamente la realización de operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o cualquier otra en las que se requiera el concurso público.

Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este contrato autorizan.

Las tareas mencionadas serán desarrolladas con la intervención de profesionales habilitados, cuando así lo exija la legislación vigente”. Autorizado por Escritura Pública Nº 70 de fecha 7/4/2006, pasada ante el Registro Notarial Nº 16 del Partido de Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires. Juan Luis Enríquez Certificación emitida por:Teodolinda G.Bongiovanni.

Nº Registro: 16. Fecha: 30/05/2006. Nº Acta: 130. Libro Nº: 21. e. 12/06/2006 Nº 45.409 v. 12/06/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 12 de Junio de 2006

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