Extracto de la Orden de 25 de mayo de 2020, por la que se convocan subvenciones a entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de programas de prevención y control de la infección por VIH y sida para el año 2020.

BDNS(Identif.):507873

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Entidades de cualquier titularidad, sin ánimo de lucro y ámbito estatal, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo.

Dichas entidades deberán estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.

No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente norma, las entidades en la que concurra algunas de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades y organizaciones no gubernamentales las entidades de derecho público, los partidos políticos, las universidades, las sociedades científicas, las sociedades civiles, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las organizaciones empresariales y los sindicatos y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

Segundo. Objeto

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas económicas a entidades de cualquier titularidad sin ánimo de lucro, destinadas a la financiación de gastos ocasionados por actuaciones de prevención y control de la infección por VIH y sida para el año 2020.

Estas actividades se integran en las líneas de actuación sobre prevención y control del VIH y el sida establecidas por el Plan Nacional sobre el Sida y están sometidas a la orientación general del mismo.

Tercero. Bases Reguladoras

Orden SAS/1462/2010, de 28 de mayo, publicada en el BOE nº 137, de 5 de junio de 2010.

Cuarto. Cuantía

El crédito disponible para esta convocatoria es de 2.000.000 de euros, como cuantía total máxima, consignado en el concepto 26.07.313B.486 de los Presupuestos Generales del Estado para 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de la solicitud y de la documentación correspondiente, será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud a través de sede electrónica del Ministerio de Sanidad (información sobre dicha solicitud se incluye en Anexo I incluido en la Orden de convocatoria) y el programa o programas (Anexo III incluido en la Orden de convocatoria) para los que se solicite subvención deberán presentarse necesariamente dentro de dicho plazo.

Sexto. Otros datos

El texto completo de la convocatoria y sus anexos estarán también a disposición de los interesados en la página web del Ministerio de Sanidad

(https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/enfLesiones/enfTransmisibles/sida/ong/CanalSubv.htm)

Madrid, 25 de mayo de 2020.- El Ministro de Sanidad P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre Delegación de Competencias), El Secretario General de Sanidad La Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación Doña Pilar Aparicio Azcárraga por delegación En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la firma por suplencia del Secretario General de Sanidad corresponde, según dispone la D.A. Primera del RD 454/2020, de 10 de marzo, a la Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 156 del Miércoles 3 de Junio de 2020. Anuncios, Ministerio De Sanidad.

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