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De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el uso de las atribuciones propias de esta Dirección, se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos de trabajo, aprobada por la Comisión Interministerial de Retribuciones, para esta Agencia y que se especifican en el anexo I.
Segunda.
Los interesados dirigirán su solicitud a la señora Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, en el modelo de instancia que figura como anexo II de la presente Resolución.
Tercera.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», y se realizará ante la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, planta baja, 28001 Madrid, o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta.
Los aspirantes acompañarán, junto con la solicitud, en la que harán constar sus datos personales y número de Registro de Personal, su currículum vítae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
Quinta.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.
Sexta.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo al apartado 5.º de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la Directora de la Agencia de Protección de Datos que dictó esta resolución.
Madrid, 27 de septiembre de 2019.–La Directora de la Agencia Española de Protección de Datos Mar España Martí.
ANEXO I
Agencia Española de Protección de Datos
N.º de orden | Centro directivo, puesto de trabajo, localidad | Grupo Subgrupo | Nivel CD | AD/ Agrupaciones Cuerpo | Compl. especif. anual |
1 | Registro General de Protección de Datos. Subdirector Adjunto/Subdirectora Adjunta. Madrid. | A1 | 29 | AE | 20.855,94 |
2 | Inspección de Datos. Jefe/Jefa de Área. Madrid. | A1 | 28 | AE EX11 | 16.708,30 |
3 | Inspección de Datos. Jefe/Jefa de Área. Madrid. | A1 | 28 | AE | 16.708,30 |
4 | Inspección de Datos. Jefe/Jefa de Área. Madrid. | A1 | 28 | AE | 16.708,30 |
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 236 del Martes 1 de Octubre de 2019. Autoridades y personal, Agencia Española De Protección De Datos.