Cerca de 33 resultados en 0.06 segundos. Pág. 1 de 4 - ¿Dónde hemos buscado?

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/6/2021 - Página 161

Nº 6140 - 03/06/2021 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 161 Disposición Jefatura de Gabinete de Ministros DISPOSICIÓN N.º 3812/DGDYPC/18 Buenos Aires, 21 de agosto de 2018 VISTO: El Expediente Electrónico N° 00200798-MGEYA-DGDYPC-2017 e inc., y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de Sr. BERTINO, JOSE FRANCISCO, DNI N° 10.087.313, contra Domingo Arturo Morone, CUIT N° 2004441801-1, Liliana Rivero, CUIT N° 27-13529540-5, Leandro Ramón Mina, CUIT N° 20-22587886-3, y Luciana Morone, CUIT N° 27- 22825482-2, por presunta infracción a la ley ritual; Que corrido traslado a los denunciados, con fecha 16 de noviembre de... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/6/2021 - Página 165

(20.000) unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria; Que al respecto la Ley 5915 – “Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, ha fijado el valor de dicha unidad en la suma de PESOS NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 9,20); Que de las constancias obrantes en autos se observa que Leandro Ramón Mina, Luciana Morone, Domingo Arturo Morone, administran a título oneroso el consorcio de la Calle Ayacucho N° 1739, de esta Ciudad de Buenos Aires, no así Liliana Rivero quien habría dejado de serlo; Que finalmente, hay que tener especial consideración que los citados no son reincidentes: Que sobre la base de lo expuesto, se deberá aplicar a cada uno de ellos sanción de multa por el equivalente a... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 - Página 56

de Defensa y Protección al Consumidor surge que los Sres. Domingo Arturo Morone y Leandro Ramón Mina cuentan con rendiciones de cuentas aprobadas; y considera que conforme al artículo 858 del Código Civil y Comercial, la cuenta es la descripción de los antecedentes, hechos y resultados pecuniarios de un negocio, y hay rendición de cuentas cuando se pone la cuenta en conocimiento de la persona interesada; por lo que, cuando la Dirección General informa que los administrados han dado cumplimiento a la exigencia del inciso b) del artículo 12 de la Ley N°941, sostiene el Sr. Bertino que debe suponerse que obra en poder de la Dirección General el acto asambleario de aprobación junto con el detalle de las cuentas que rinde el administrador; pero... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 (Anexo) - Página 61

5433 - 10/8/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 61 Si bien entiende que las Sras. Liliana Mabel Rivero y Luciana Morone no han presentado su informe anual, sí observa que de la respuesta de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor surge que los Sres. Domingo Arturo Morone y Leandro Ramón Mina cuentan con rendiciones de cuentas aprobadas. Conforme al artículo 858 del Código Civil y Comercial, la cuenta es la descripción de los antecedentes, hechos y resultados pecuniarios de un negocio, y hay rendición de cuentas cuando se pone la cuenta en conocimiento de la persona interesada; por lo que, cuando la Dirección General informa que los administrados han dado cumplimiento a la exigencia del... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 - Página 47

Nº 5433 - 10/08/2018 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 47 Que en el Informe N°17598055/DGDYPC/2018, en lo que nos concierne, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor contestó: (1) que, de acuerdo con los registros obrantes en dicha repartición, se encuentran matriculados como administradores de consorcio: Liliana Mabel Rivero, RPA N°8.027, desde el 28 de diciembre de 2011; Luciana Morone, RPA N°8.189, desde el 28 de marzo de 2012; Domingo Arturo Morone, RPA N°10.024, desde el 9 de mayo de 2014; y Leandro Ramón Mina, RPA N°10.268, desde el 10 de agosto de 2014; y acompañó los actos de actualización de la inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal para... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 (Anexo) - Página 71

5433 - 10/8/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 71 de 2014, y el Sr. Leandro Ramón Mina, RPA N°10.268, con fecha 22 de agosto de 2014. A su vez, en su contrarréplica del 30 de julio de 2018, la Nota N°20693388/DGDYPC/2018, conforme lo requerido por el Sr. Bertino en su réplica del 20 de julio de 2018, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor adjuntó una copia digital de los actos administrativos intermedios por los que se otorgó la renovación de la matrícula en el período considerado, vid., los Informes N°27185087/DGDYPC/2016, N°27689120/DGDYPC/2016, N°28103510/DGDYPC/2016, y N°28137220/DGDYPC/2016; los que contienen, respectivamente, los actos administrativos de renovación de la... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/2/2020 - Página 130

, LUCIANA MORONE, CUIT N° 2722825482-2, y LEANDRO RAMON MINA, CUIT N° 20-22587886-3, por presunta infracción a la ley ritual; Que por informe IF-2018-20844278-DGDYPC el Registro Público de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Liliana Mabel Rivero, Luciana Morone y Leandro Ramón Mina, se encuentran inscriptos bajo las matrículas N° 8027, Nº 8189 y Nº 10268 respectivamente. Asimismo, mediante nota NO-201820513984-DGDYPC comunica que los citados no habrían presentado la Declaración Jurada del Consorcio de propietarios de Ayacucho 1735/39 de esta Ciudad por el período 2016; BO-2020-5809-GCABA-DGCCON página 130 de 372 ... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 (Anexo) - Página 68

de 2018 mediante la Nota N°20693388/DGDYPC/2018 y de los adjuntos de todos ellos. 2.1.1.Contestación parcial de la solicitud de información °17598055/DGDYPC/2018 del 21 de junio de 2018 y sus adjuntos. en el Informe N Del desglose efectuado en los antecedentes procesales del caso, surge que el Sr. Bertino solicitó ser informado: a. Si los administradores del consorcio la Sra. Liliana Mabel Rivero, la Sra. Luciana Morone, el Sr. Domingo Morone y el Sr. Leandro Ramón Mina están o estuvieron inscriptos ante el Registro Público de Administradores de Consorcios y, en caso afirmativo, si dicha inscripción fue a título personal o constituyendo alguna sociedad; b. Para el caso de que se hubiera constituido alguna sociedad, los integrantes de... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/2/2020 - Página 132

Morone y Leandro Ramón Mina, han infringido con sus conductas lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 941, por lo que corresponde que sean sancionados; Que a los efectos de graduar la sanción y su cuantía, se tiene en cuenta lo establecido por el artículo 16 de la Ley 941. Asimismo, en forma supletoria, deberá estarse a lo prescripto por el artículo 19 de la Ley 757 –según texto consolidado-, conforme lo dispone el artículo 21 de la Ley 941; Que en este sentido, la falta de presentación de las declaraciones juradas cuya obligatoriedad impone el artículo 12 de la Ley 941, impide el debido control administrativo sobre las matrículas otorgadas, sustrayendo a los administradores de la fiscalización gubernamental. No obstante, se tiene presente... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/8/2018 (Anexo) - Página 57

5433 - 10/8/2018 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 57 declaraciones juradas presentadas por ante el Registro Público de Administradores de Consorcios, surge que: (i) el Sr. Domingo Arturo Morone, RPA N°10.024, cuenta con las dos (2) rendiciones de cuentas aprobadas; (ii) el Sr. Leandro Ramón Mina, RPA N °10.268, cuenta con cinco (5) rendiciones de cuentas aprobadas y una (1) postergada; y (iii) que, como se informara anteriormente, en el caso de las Sras. Liliana Mabel Rivero, RPA N°8.027, y Luciana Morone, RPA N°8.189, al no haber presentado éstas las pertinentes declaraciones juradas por el período aludido, no resulta posible señalar si las rendiciones de cuenta han sido o no aprobadas. 5. Que en lo que hace... Leer más