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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2023 - Página 469

, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso; Que, por tanto, teniendo en cuenta todo lo expuesto se hace lugar al reclamo del Sr. Julio César Scioscia ordenando a Autopistas Urbanas S.A., a abonar la suma de pesos treinta y dos mil seiscientos noventa y siete con 52/100 ($ 32.697,52.-), de acuerdo a la actualización; Que la Gerencia Legal ha tomado la intervención de su competencia; Por ello, EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE: Artículo 1°.- Hacer lugar al reclamo del Sr. Julio César Scioscia, DNI Nº 28.167.941, ordenándose a Autopistas Urbanas S.A. abonar al usuario reclamante la suma de pesos treinta y dos mil seiscientos noventa y... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2023 - Página 16

. 443 Resolución de Directorio N° 545/ERSP/23 Se hace lugar al reclamo de Julio César Scioscia.............................................................................................. Pág. 455 Resolución de Directorio N° 2199/ERSP/23 Se hace lugar al reclamo de Christian Gastón Cabrera...................................................................................... Pág. 470 BO-2023-6665-GCABA-DGCLCON Página 16 de 631 ... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022 - Página 431

, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza DISPOSICIÓN N.º 3473/DGDYPC/21 Buenos Aires, 10 de agosto de 2021 VISTO: El Expediente Electrónico N° 15669876-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N° 941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia del Sr. Julio Cesar Scioscia, DNI 28.167.941, contra Gabriel Santos Calo, CUIT 20-12463606-0, por presunta infracción a la Ley Ritual; BO-2022-6519-GCABA-DGCLCON Página 431 de 705 ... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2023 - Página 456

todo tipo de terceros interesados, ya sean personas físicas o jurídicas, con motivo de la prestación del servicio, debe ser sometida en forma previa al conocimiento y consideración del Ente a cuyo efecto dicta las normas reglamentarias pertinentes; Que, es facultativo para los usuarios el sometimiento a la jurisdicción previa del Ente; Que, las presentes actuaciones se inician el 28 de enero de 2022 como consecuencia del reclamo realizado ante este Organismo por el Sr. Julio César Scioscia, DNI. Nº 28.167.941, con motivo de los daños ocasionados al vehículo de su propiedad marca CITROEN modelo C4 LOUNGE, dominio OOW365, el 6 de diciembre de 2021, en la autopista 9 de Julio, concesionada a la empresa Autopistas Urbanas S.A; Que según IFGRA... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2023 - Página 464

) Av. 27 de Febrero. 11) Av. 9 de Julio. 12) Av. Rafael Obligado. 13) Av. Castillo. 14) Av. Güiraldes. 15) Av. Gendarmería Nacional. 16) Av. Antártida Argentina. (Anexo I sustituido por el Art. 2° de la Ley N° 6085, BOCBA N° 5529 del 03/01/2019); Que, el 6 de diciembre de 2021, aproximadamente a las 2:10 horas, el Sr. Julio César Scioscia transitaba por la autopista 9 de Julio sentido Centro, concesionada a la empresa Autopistas Urbanas S.A., según Formulario de Quejas, Sugerencias y Reclamos de AUSA Nº 11.707, “... Circulando por autopista 9 de Julio sentido centro en el km 2.300 atropello un objeto...”; Que, el Decreto Nº 2.356-GCBA/03, que aprueba el Reglamento de Explotación al que Autopistas Urbanas S.A. debe ajustarse para la... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2023 - Página 467

probatoria en cabeza de la usuaria reclamante. Al respecto, tal defensa no resulta ser válida ni razonable pretendiendo deslindar su responsabilidad como concesionaria del servicio de conservación y mantenimiento vial por peaje, en total infracción a la Ley de Defensa del Consumidor; Que, por ello, según las constancias de autos, el descargo, la prueba documental acompañada y las pruebas testimonial e informativa producidas, la concesionaria no ha podido acreditar que “...la causa del daño le ha sido ajena...; Que, entonces, Autopistas Urbanas S.A. es responsable de los daños ocasionados al vehículo propiedad del Sr. Julio César Scioscia consecuencia de la prestación del servicio, en el marco de la Ley 210 y la Ley 24.240; Que, en consonancia... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/03/2011 - Segunda Sección - Página 10

capital se encuentran integradas en su totalidad en dinero en efectivo. Renuncio Gerente Edgardo Manuel Caro y asumió Jorge Ricardo Guillermo Arias, con domicilio especial en la sede legal. Abogada - Julieta S. Maranghino e. 01/03/2011 Nº 22256/11 v. 01/03/2011 #F4190318F# #I4190258I#%@%#N22196/11N# TOP - CEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Miguel Angel Galante, renuncia al cargo de Gerente siendo su reemplazante Julio César Scioscia y ratifican asimismo en el cargo de Gerente a Antonio José Galante, ambos con domicilio especial en Cochabamba 4334 piso tercero dpto. A CABA. Reforman Contrato Social en Artículo Cuarto Capital: Pesos veinte mil. Se traslada Sede SAocial a Cochabamba 4334 piso tercero dpto. A CABA. Claudio Daniel Torem... Leer más

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