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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/04/2003 - Segunda Sección - Página 49

Síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o pagos al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Intímase al fallido a constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de notificárseles las sucesivas resoluciones en los Estrados del Juzgado. Buenos Aires, 7 de abril de 2003. Alejandro C. Mata, secretario. e. 11/4 N° 411.567 v. 21/4/2003 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 22 a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría N° 43, a mi cargo, sito en M. T. Alvear 1840, Piso 3° de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 28-03-2003 se decretó la quiebra de “1230 SA” (C.U.I.T. N° 3066353274-6) cuyo síndico actuante es el Contador... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2003 - Segunda Sección - Página 54

° 43, a mi cargo, sito en M. T. Alvear 1840, Piso 3° de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 28-03-2003 se decretó la quiebra de “1230 SA” (C.U.I.T. N° 3066353274-6) cuyo síndico actuante es el Contador Pereyra Raúl Manuel, quien constituyó domicilio en Paraná 467, Piso 7° “27” ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence en fecha 29-05-2003. El Art. 35 LC vence en fecha 16-07-2003 y el Art. 39 de la misma ley vence en fecha 10-09-2003. Intímase al fallido y a los BOLETIN OFICIAL Nº 30.130 2ª Sección que tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del Síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o pagos al fallido so... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/04/2003 - Segunda Sección - Página 19

cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría N° 43, a mi cargo, sito en M. T. Alvear 1840, Piso 3° de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 28-03-2003 se decretó la quiebra de “1230 SA” (C.U.I.T. N° 3066353274-6) cuyo síndico actuante es el Contador Pereyra Raúl Manuel, quien constituyó domicilio en Paraná 467, Piso 7° “27” ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justifica- 19 tivos de sus créditos dentro del plazo que vence en fecha 29-05-2003. El Art. 35 LC vence en fecha 16-07-2003 y el Art. 39 de la misma ley vence en fecha 10-09-2003. Intímase al fallido y a los que tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del Síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/04/2003 - Segunda Sección - Página 37

pena de considerarlos ineficaces. Intímase al fallido a constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado, dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de notificárseles las sucesivas resoluciones en los Estrados del Juzgado. Buenos Aires, 7 de abril de 2003. Alejandro C. Mata, secretario. e. 11/4 N° 411.567 v. 21/4/2003 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 22 a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría N° 43, a mi cargo, sito en M. T. Alvear 1840, Piso 3° de esta Capital, comunica por cinco días que con fecha 28-03-2003 se decretó la quiebra de “1230 SA” (C.U.I.T. N° 3066353274-6) cuyo síndico actuante es el Contador Pereyra Raúl Manuel, quien constituyó domicilio en Paraná 467, Piso 7° “27” ante quien los... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/04/2003 - Segunda Sección - Página 67

días que con fecha 28-03-2003 se decretó la quiebra de “1230 SA” (C.U.I.T. N° 3066353274-6) cuyo síndico actuante es el Contador Pereyra Raúl Manuel, quien constituyó domicilio en Paraná 467, Piso 7° “27” ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence en fecha 29-05-2003. El Art. 35 LC vence en fecha 16-07-2003 y el Art. 39 de la misma ley vence en fecha 10-09-2003. Intímase al fallido y a los que tengan bienes y documentos del mismo a ponerlos a disposición del Síndico dentro de los cinco días. Prohíbese hacer entrega de bienes o pagos al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Intímase al fallido a constituir domicilio pro- cesal dentro del radio del Juzgado, dentro de... Leer más

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