Periódico Oficial de Puebla del día 02/03/2022 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 2 de marzo de 2022

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO
ACUERDO del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que resuelve sobre las solicitudes de registro de candidaturas para el Proceso Electoral Extraordinario 2022.
Al margen el logotipo oficial del Instituto, con una leyenda que dice: IEE. Instituto Electoral del Estado. Puebla.
a Número y rubro del Acuerdo:
CG/AC-034/2022 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, POR EL QUE RESUELVE SOBRE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO DE CANDIDATURAS PARA EL
PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO 2022
b Fecha y tipo de sesión en el que fue aprobado:
En la sesión especial de fecha quince de febrero del dos mil veintidós.
c Extracto del Acuerdo:
2. MARCO JURÍDICO APLICABLE

El artículo 35, fracción II, de la Constitución Federal, señala que es derecho de la ciudadanía poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la Ley. El derecho de solicitar el registro de candidatas y candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos y las ciudadanas que soliciten su registro de manera independiente.

6. DEL ANÁLISIS DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO

Solicitudes de registro de candidaturas de los Ayuntamientos de Tlahuapan, Teotlalco y San José Miahuatlán
En lo que respecta a la integración de las planillas para miembros de los ayuntamientos, este Órgano Superior de Dirección, en términos de lo establecido por el artículo 203 del Código, observó que las candidaturas se presentaran por planillas integradas con propietarios y suplentes, debiendo conformarse por quién ocupará la Presidencia Municipal y el número de integrantes que determine la Constitución local, así como la Ley Orgánica Municipal;
observando que las fórmulas de regidores se conformaran por personas del mismo género y fueran presentadas de manera alternada.
La revisión también se ocupó de verificar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 206 del Código, que los partidos políticos señalaran de manera completa el nombre y clave de la credencial para votar de cada candidata o candidato para el que solicita su registro, durante el plazo para realizarlo, puesto que de no hacerlo así perderían su derecho a participar en la elección, concluyendo que en todos los casos se cumplió con dicho requisito.
Tomando como base el análisis que efectuó la Dirección de Prerrogativas, este Consejo General verificará que los partidos políticos solicitantes del registro presentaron la documentación requerida por el artículo 208 del Código y en los Lineamientos para el Registro, en términos de lo que se enlista a continuación:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 02/03/2022 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha02/03/2022

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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