Periódico Oficial de Puebla del día 10/02/2022 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Jueves 10 de febrero de 2022

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
3

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
NOTA ACLARATORIA que emite el Secretario General del Honorable Congreso del Estado, al Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que expide la LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE SAN MARTÍN
TEXMELUCAN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, publicado en el Periódico Oficial del Estado, Número 22, Vigésima Quinta, el 30 de diciembre de 2021, Tomo DLX, en los siguientes términos:
Al margen el logotipo del Congreso, con una leyenda que dice: Honorable Congreso del Estado de Puebla.
LXI Legislatura. Orden y Legalidad.
En la página 50, en el artículo 25, fracción VI dice:
VI. Cualquier otro servicio no comprendido en las fracciones anteriores originara el cobro de derechos que determiné el Honorable Ayuntamiento, en términos de lo previsto por el artículo 47 de esta Ley.
Debe decir:
VI. Cualquier otro servicio no comprendido en las fracciones anteriores originará el cobro de derechos que determiné el Honorable Ayuntamiento, en términos de lo previsto en por el artículo 51 de esta Ley.
En la página 61, en el artículo 31, párrafos segundo y tercero, dice:
ARTÍCULO 31.
La expedición de licencias a que refiere el párrafo anterior causara el 20% de la tarifa establecida en el artículo 26 de la Ley de Ingresos Vigente del Municipio de San Martín Texmelucan.
En el caso de que el contribuyente solicite cambio domicilio, denominación o razón Social en la expedición de la Licencia a que se refiere el primer párrafo de este articulo o después del referendo, causará el pago del 20% de la tarifa establecida en el artículo 26 de esta ley Debe decir:
ARTÍCULO 31.
La expedición de las licencias a que se refiere el párrafo anterior causará el 20% de la tarifa establecida en el artículo 30 de la Ley de Ingresos vigente del Municipio de San Martín Texmelucan.
En el caso de que el contribuyente solicite cambio domicilio, denominación o razón social en la expedición de la Licencia a que se refiere el primer párrafo de este artículo o después del referendo, causara el pago del 20% de la tarifa establecida en el artículo 30 de esta Ley.
En la página 76, en el artículo 36, segundo reglón dice:
ARTÍCULO 36. Son responsables solidarios en el pago de los derechos que se refiere este capítulo, los que señalen en cada fracción del artículo 30 y los
Debe decir:
ARTÍCULO 36. Son responsables solidarios en el pago de los derechos a que se refiere este capítulo, los que se señalen en cada fracción del artículo 34 y los.
Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 28 de enero de 2022. El Secretario General del Honorable Congreso del Estado. LIC. JOSÉ NORBERTO RODRÍGUEZ MEDINA. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 10/02/2022 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha10/02/2022

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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