Periódico Oficial de Puebla del día 10/06/2021 - Tercera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

20

Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 10 de junio de 2021

ARTÍCULO 40. Cada servidor público registrará personalmente mediante registros automatizados o libros de asistencia dispuestos por la Dirección de Administración, su hora de entrada y salida, contando con una tolerancia máxima de diez minutos para registrar su entrada, pasado dicho tiempo y cuando el retardo no sea justificado, se considerará como retardo.
ARTÍCULO 41. Si dentro de una misma quincena, cualquier servidor público computa tres retardos no justificados, se notificará dicha situación al Director General, quien, en conjunto con el Comisario, determinarán la sanción administrativa que consideren.

TÍTULO NOVENO
DEL SALARIO
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 42. La fijación de los salarios de los servidores públicos se regirá conforme a la plantilla y tabulador de sueldos autorizados por el Consejo y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal del SOSAPAMA.
ARTÍCULO 43. Solo se podrán realizar retenciones, descuentos o deducciones al salario de los servidores públicos en los casos que al efecto se establecen en la Ley Federal del Trabajo.

TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor y surtirá sus efectos al día hábil siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones reglamentarias o administrativas que se opongan al presente Reglamento.
TERCERO. Para todo lo no previsto en el presente Reglamento, será resuelto mediante acuerdo del Consejo.
CUARTO. La aplicación del presente ordenamiento estará sujeto a la suficiencia presupuestal aprobada por el Consejo.
QUINTO. Los asuntos, procedimientos y juicios que se encuentren en trámite al momento de entrar en vigor el presente Reglamento, se substanciarán conforme a las disposiciones legales vigentes en el momento de su inicio y se resolverán hasta su total conclusión por la instancia que conozca de ellos.
Dado en la sala de juntas del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Acatlán, Puebla, a los 25 días del mes de enero del año 2021. La Presidenta del Consejo de Administración. C. CIRIA ELVIA MARTÍNEZ MARTÍNEZ. Rúbrica. El Secretario del Consejo de Administración. C. CARLOS MARTÍNEZ MARTÍNEZ. Rúbrica. El Comisario del Consejo de Administración. C. FERNANDO RIVERA PASTRANA. Rúbrica. La Vocal 1 del Consejo de Administración.
C. NORA GALIA VERA ESPINOZA. El Vocal 2 del Consejo de Administración. C. PEDRO LEON GARCIA.
Rúbrica. El Vocal 3 del Consejo de Administración. C. HILARIO AMADOR JUAN ZAVALETA. Rúbrica.
El Vocal 4 del Consejo de Administración. C. LUIS FLORIBERTO DURAN VAZQUEZ.
N.R.257247331

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 10/06/2021 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha10/06/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2021>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930