Periódico Oficial de Puebla del día 11/08/2020 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 11 de agosto de 2020

conformidad con lo que acuerde el Ayuntamiento, Ejercer las atribuciones que la legislación hacendaria confiere a las autoridades fiscales Municipales; Recaudar y administrar los ingresos que legalmente le correspondan al Municipio; los que se deriven de la suscripción de convenios, acuerdos o la emisión de declaratorias de coordinación; los relativos a transferencias otorgadas a favor del Municipio en el marco del Sistema Nacional o Estatal de Coordinación Fiscal, o los que reciba por cualquier otro concepto; así como el importe de las sanciones por infracciones impuestas por las autoridades competentes, por la inobservancia de las diversas disposiciones y ordenamientos jurídicos, constituyendo los créditos fiscales correspondientes; Ejercer las facultades que las leyes y demás disposiciones legales confieran a la Tesorería, para dictar reglas de carácter general, acuerdos, circulares y demás disposiciones en las materias competencia de la misma; Participar en la elaboración y establecimiento de los estímulos fiscales, con las dependencias a las que corresponda el fomento de las actividades reguladas por el artículo 52 Bis del Código; así como, otorgar estímulos fiscales en términos de la legislación y acuerdos vigentes; Conocer y resolver las solicitudes de condonación o exención total o parcial de contribuciones, productos, aprovechamientos y sus accesorios municipales, cuando reciba delegación del Presidente Municipal, en los términos que para tal efecto establecen los artículos 53 y 54 del Código y las que le corresponda condonar al Municipio, en términos de los convenios que suscriba de conformidad con lo previsto en el artículo 280 del Código; Expedir las licencias de funcionamiento municipales, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la reglamentación respectiva; y las demás que le confieran esta Ley, el Reglamento y otras disposiciones aplicables;
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se emite el siguiente:

ACUERDO
PRIMERO. Se otorga el 100% de condonación por multas y/o recargos, por falta de pago oportuno por ocupación de espacios, causados durante los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018, 2019 y hasta el mes de julio de 2020, a los locatarios externos de los mercados el Parián y la Victoria, y que se pongan al corriente en sus pagos por ocupación de espacios, durante la vigencia del presente acuerdo y que así lo soliciten.
SEGUNDO. Los locatarios externos de los mercados el Parián y la Victoria, podrán solicitar el pago en parcialidades del total de su adeudo, debiéndose cubrir el 50% de su adeudo en un primer pago y el otro 50% hasta en tres parcialidades, teniendo como término el treinta de agosto de dos mil veinte, para solicitar este beneficio.
TERCERO. Para hacer efectivo el presente Acuerdo, será necesario que los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de los puntos PRIMERO y SEGUNDO, acudan ante la Dirección de Ingresos de la Tesorería Municipal para que a través del Departamento de Padrón de Contribuyentes se realicen las gestiones necesarias para la aplicación del mismo.
CUARTO. Notifíquesele el presente Acuerdo a los Titulares de la Dirección de Ingresos, Unidad de Normatividad y Regulación Comercial, al Departamento de Ejecución adscrito a la Dirección Jurídica, todos de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que en el ejercicio de sus atribuciones realice las acciones conducentes para la aplicación del presente Acuerdo.
QUINTO. Se instruye a la Directora Jurídica de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, realice las gestiones correspondientes para la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, así como en los Diarios de mayor circulación y en la página electrónica del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.

TRANSITORIO
PRIMERO. El presente Acuerdo, entrará en vigor a partir de su publicación y hasta el treinta de septiembre de dos mil veinte.
Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 24 de julio de 2020. El Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. C. ARMANDO MORALES APARICIO. Rúbrica.
N.R. 256281828

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 11/08/2020 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha11/08/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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