Periódico Oficial de Puebla del día 13/04/2020 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 13 de abril de 2020

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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1.2. No podrán gozar de los beneficios establecidos en el presente instrumento:
I. Los contribuyentes que se encuentren beneficiados con algún apoyo, subsidio o incentivo otorgado por el Gobierno del Estado, salvo aquéllos que obtengan cualquiera de los estímulos fiscales establecidos en la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2020, en materia del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.
II. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal; ni los Órganos Constitucionalmente Autónomos.
1.3. Los beneficios establecidos en la presente Resolución de Carácter General no tendrán efectos retroactivos por las contribuciones pagadas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, ni darán lugar a devolución o compensación alguna.

TÍTULO 2
DEL PAGO DE IMPUESTOS ESTATALES
2.1. Del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal:
2.1.1. Se exime del pago del 100% de este impuesto a los contribuyentes que tengan de uno a diez trabajadores, que deben enterar en el periodo comprendido entre los meses de abril a diciembre del Ejercicio Fiscal 2020.
2.1.2. Se exime del pago del 50% de este impuesto a los contribuyentes que tengan de once a cincuenta trabajadores, que deben enterar en el periodo comprendido entre los meses de abril a septiembre del Ejercicio Fiscal 2020.
2.1.3. Se exime del pago del 100% de recargos y actualización a los contribuyentes que emplean a más de cincuenta trabajadores, del impuesto que deben enterar en los meses de abril, mayo y junio del año en curso, debiendo presentar las declaraciones correspondientes en los meses de julio, agosto y septiembre de 2020, respectivamente.
2.2. Del Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje:
2.2.1. Se exime del pago del 100% de este impuesto, que deben enterar los contribuyentes durante el periodo comprendido entre los meses de abril a diciembre de 2020.
Los sujetos de esta contribución no podrán realizar el traslado del impuesto a las personas que soliciten la prestación de los servicios de hospedaje.
2.3. Del Impuesto Sobre la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos:
2.3.1. Se exime del pago del 100% de este impuesto, que deben enterar los contribuyentes durante el periodo comprendido entre los meses de abril a diciembre de 2020.

TÍTULO 3
DE LOS REQUISITOS Y FORMALIDADES PARA ACCEDER
A LOS BENEFICIOS
3.1. Para acceder a los beneficios a que se refiere el Título 2 de esta Resolución de Carácter General, los contribuyentes deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Estar inscrito en el Registro Estatal de Contribuyentes.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 13/04/2020 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha13/04/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones1164

Primera edición06/03/2015

Ultima edición19/06/2024

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