Periódico Oficial de Puebla del día 18/12/2019 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 18 de diciembre de 2019

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que expide la LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO
DE PUEBLA, para el Ejercicio Fiscal 2020.
Al margen el Escudo del Estado de Puebla, con una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla. LX Legislatura.
LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Ley, emitido por la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del Honorable Congreso del Estado, por virtud del cual se expide la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, Puebla, para el Ejercicio Fiscal dos mil veinte.
I. Que los artículos 115, fracciones I, párrafo primero, II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 63, fracción IV, 102 y 103, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como 2, 3, 140, 141 y 143, de la Ley Orgánica Municipal; establecen que el Ayuntamiento del Municipio de Puebla es un órgano de gobierno de elección popular y directa de una Entidad de derecho público, integrado por un Presidente Municipal, el número de Regidores y Síndicos que la Ley determine; con personalidad jurídica y patrimonio propio; que tiene la facultad para administrar libremente su hacienda; la cual se conforma de los rendimientos de los bienes que le pertenezcan, de las contribuciones y otros ingresos determinados a su favor por la legislatura local, en cada Ley de Ingresos correspondiente, así como por participaciones federales; cuyo propósito es satisfacer en el ámbito de su respectiva competencia, las necesidades colectivas de la población que se encuentre asentada en su territorio, así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral del Municipio.
II. Que los ingresos del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, forman parte del Patrimonio Municipal, el cual se constituye por la universalidad de los derechos y acciones de que es titular el Municipio, los cuales pueden valorarse económicamente y se encuentran destinados a la realización de sus fines, integrando la Hacienda Pública Municipal, junto con aquellos bienes y derechos que por cualquier título le transfieran la Federación, el Estado, otros Municipios, los particulares o cualquier otro organismo público o privado, siendo integrada la Hacienda Pública Municipal por las contribuciones y demás ingresos determinados en las leyes hacendarias de los Municipios, en términos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás leyes aplicables, según lo disponen los artículos 140 y 141, fracción I, de la Ley Orgánica Municipal.
III. Que en esta tesitura el Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla, en sus artículos 163, 164, 165 y 166, define los ingresos del Municipio, como las percepciones en dinero, especie, crédito, servicios o cualquier otra forma que incremente el erario público y que se destinen a los gastos gubernamentales; los cuales se clasifican en financieros y fiscales, así como ordinarios y extraordinarios; siendo ingresos fiscales los que derivan de la aplicación de leyes de naturaleza fiscal que imponen a los contribuyentes una obligación de pago por concepto de contribuciones o aprovechamientos, que pueden ser cobrados a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, para ser destinados al gasto público; así como los que obtiene el Municipio derivados de aportaciones o participaciones; e ingresos financieros, los que percibe dicha Entidad por actividades que en su carácter de persona

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 18/12/2019 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha18/12/2019

Nro. de páginas92

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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