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Periódico Oficial de Puebla del día 12/08/2016 - Tercera Sección
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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
Viernes 12 de agosto de 2016
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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IX a XXXV.-
SEGUNDO. Se reforman la fracción VIII y sus incisos b y c del artículo 48; y se adiciona el inciso d a la fracción VIII del artículo 48 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:
Articulo 48.-
I a VII.-
VIII.- TRANSPORTES Y MOVILIDAD.
a
b Proponer a las Dependencias y Organismos el establecimiento de vínculos de intercambio de información y análisis de sistemas y servicios de transporte y movilidad;
c El estudio y análisis de los asuntos relacionadas con la legislación aplicable en materia de transportes y movilidad de competencia estatal; y d Las demás que le confiera este Reglamento, las Leyes aplicables o le asigne la Mesa Directiva, la Comisión Permanente o la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
IX a XXXV.-
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO. La Comisión General de Transportes y Movilidad estará conformada por los mismos integrantes de la Comisión de Transportes que cambia de denominación.
TERCERO. Los asuntos en trámite presentados o turnados a la Comisión General de Transportes, pasaran a ser competencia de la Comisión General de Transportes y Movilidad.
CUARTO. Todos los actos suscritos por la Comisión General de Transportes y/o su Presidencia a la entrada en vigor del presente Decreto, sus efectos se entenderán referidos a la Comisión General de Transportes y Movilidad.
QUINTO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
EL GOBERNADOR hará publicar la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintinueve días del mes de julio de dos mil dieciséis. Diputado Presidente. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR. Rúbrica. Diputada Vicepresidenta. MARÍA SARA CAMELIA
CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ HUERTA. Rúbrica.