Periódico Oficial de Puebla del día 04/11/2015 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 4 de noviembre de 2015

respecto al posible daño patrimonial causado a la Hacienda Pública, que asciende a la cantidad de $37496,222.54
treinta y siete millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos veintidós pesos 54/100 Moneda Nacional, deberá procederse a formular denuncia en contra de quien resulte responsable, en términos del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, de aplicación supletoria en términos del párrafo segundo del artículo 49 de la Ley del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, aplicable al momento de la revisión realizada. ----------------------------------------------------------------------------------------------------III.- Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 109, fracción III y 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 56, 63, fracción II y 125, fracciones I, IV y VIII, inciso b de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, fracciones I, II, III y V, 3, fracciones I y VII, 48 y 53 bis, fracción III, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 1, 15, 18, 20, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 91, 120, fracción II, 145 y 148 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de abril de dos mil trece, EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO
CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: -------------------------

DECRETA
PRIMERO. Se determina extinta la posible responsabilidad administrativa en que pudo haber incurrido el ahora finado C. Martín Canico Valerio, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Aljojuca, Puebla, administración 2005-2008; por los razonamientos descritos en el Considerando II de esta resolución; lo anterior con fundamento en el artículo 112, fracción I del Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado de manera supletoria al artículo 48 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. Por la imposibilidad para continuar con la substanciación del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en el que se actúa, con fundamento en el artículo 53 Bis, fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, así como 30 Bis, fracción II del Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado de manera supletoria al artícu lo 48 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, se ordena archivar el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente P.A. 58/2009, seguido en contra del C. Martín Canico Valerio, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Aljojuca, Puebla, administración 2005-2008. --------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO. Por cuanto hace al probable daño patrimonial causado a la Hacienda Pública del Ayuntamiento de Aljojuca, Puebla, en cantidad de $37496,222.54 treinta y siete millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos veintidós pesos 54/100 Moneda Nacional, preséntese denuncia ante el Ministerio Público en contra de quien resulte responsable. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO. Notifíquese el presente Decreto al actual Presidente Municipal del Ayuntamiento de Aljojuca, Puebla, para los efectos legales a que haya lugar. ---------------------------------------------------------------------------------EL GOBERNADOR, hará publicar y cumplir la presente Disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil quince.
Diputada Presidenta. PATRICIA LEAL ISLAS. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. CARLOS IGNACIO MIER
BAÑUELOS. Rúbrica. Diputado Secretario. PABLO MONTIEL SOLANA. Rúbrica. Diputada Secretaria. MARÍA
SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil quince. El Gobernador Constitucional del Estado. C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS. Rúbrica. El Encargado de Despacho de la Secretaría General de Gobierno. C. JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 04/11/2015 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha04/11/2015

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones631

Primera edición06/03/2015

Ultima edición06/02/2024

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