Periódico Oficial de Puebla del día 23/11/2022 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 23 de noviembre de 2022

Balance General; para personas jurídicas con reciente aumento de Capital Social, además de lo anterior, deberán presentar el instrumento notarial en el que conste la protocolización del acta de asamblea en la que se acordó dicho aumento, así como su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, y el Balance General en el que se refleje el aumento del capital; y para el caso de personas físicas con reciente aumento de su patrimonio deberán presentar el Balance General donde conste dicho aumento.
5. FORMA EN QUE LOS LICITANTES DEBERÁN ACREDITAR SU CAPACIDAD FINANCIERA.
La capacidad financiera será acreditada con copia simple de los siguientes documentos que deberán presentarse en el orden que se describen:
I. Declaración Fiscal Anual: Del ejercicio 2021
Estados Financieros: Todos estos incisos correspondientes al ejercicio fiscal 2022
II.
a Balance de resultados.
b Estado de resultados.
c Estado de flujos de efectivo.
d Relaciones analíticas de los principales renglones de los estados financieros balance general y estado de resultados .
e Comparativo de razones financieras básicas.
En caso de empresas de nueva creación deberán presentar los más actualizados a la fecha de presentación de su proposición y las declaraciones provisionales de impuestos y/o anuales. Los documentos mencionados en este párrafo deberán estar firmados por el operador o administrador de la empresa y avalados por contador público, anexando copia de la cédula profesional del contador firmante.
Además de los documentos solicitados en el párrafo anterior las empresas que se encuentren en los supuestos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación o que hayan optado por dictaminar sus estados financieros deberán presentar el dictamen fiscal correspondiente, así como los estados financieros dictaminados y las declaraciones complementarias por dictamen que se hayan efectuado.
Para las personas físicas o jurídicas que se encuentren dentro de los supuestos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, los estados financieros solicitados además de estar firmados por el operador o administrador de la empresa, deberán ser avalados por Contador Público registrado ante las autoridades competentes, anexando copia de la cédula profesional y copia del registro en mención del Contador.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 23/11/2022 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha23/11/2022

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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