Periódico Oficial de Puebla del día 02/02/2021 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Martes 2 de febrero de 2021

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
27

Derechos ARCO: Derechos que tiene toda persona para solicitar y obtener información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento Acceso; para solicitar la corrección de datos que resulten inexactos, incompletos o inadecuados Rectificación; para que se eliminen los que resulten ser inadecuados o excesivos, o cuando el tratamiento no se ajuste a lo dispuesto por las disposiciones legales aplicables Cancelación; y para negarse al tratamiento de los datos que le conciernan en caso de que hayan sido recabados sin su consentimiento, o cuando existan motivos fundados para ello, siempre que la Ley no disponga lo contrario Oposición.
Entidades: Los Organismos Públicos Descentralizados, las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, los Fideicomisos Públicos, las Comisiones y demás órganos de carácter público que funcionen en el Estado, diversos de los otros poderes y de los Órganos Constitucionalmente Autónomos.
Lineamientos generales: Los Lineamientos generales a que se refiere el Acuerdo por el que se expide el Código de Ética, las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública, y los Lineamientos Generales para propiciar la Integridad de las Servidoras y los Servidores Públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
Reglas de integridad: Las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, señaladas en el presente código.
Las personas servidoras públicas: Personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, en la Administración Pública Estatal, en las Entidades de la Administración Pública Paraestatal, así como las personas que administren, manejen, recauden, apliquen o resguarden recursos económicos Federales, Estatales o Municipales, sea cual fuere la naturaleza de su nombramiento o elección.
Valores: Características que distinguen la actuación de los servidores públicos tendientes a lograr la credibilidad y el fortalecimiento de las instituciones y servicio público.
Valores Específicos: Conjunto de principios, valores y reglas específicos, cuya observancia resulta indispensable para fortalecer la confianza y la credibilidad de la ciudadanía, en los cuales se describe el compromiso que deben asumir los servidores públicos de la Institución, así como las acciones a realizar y a lo que se deben de abstener, con el propósito de que impere, invariablemente, una conducta ética.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El presente Código de Conducta entrará en vigor el día de su suscripción.
SEGUNDA. Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se expide el Código de Conducta de la Secretaría de Salud y de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, de fecha 07 de mayo de dos mil dieciocho; así como aquellas disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
TERCERA. Se instruye al Director de Planeación y Programación de los Servicios de Salud del Estado de Puebla y Secretario Ejecutivo del Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, remita el presente Acuerdo a la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Organismo, para el registro que ordena la última parte del artículo 10 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, así como para que se realicen los trámites necesarios para su publicación en el Periódico Oficial del Estado y en los medios de difusión institucional.
Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a 27 de noviembre de 2020. el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla. C. JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ GARCÍA. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 02/02/2021 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha02/02/2021

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28