Periódico Oficial de Puebla del día 12/01/2016 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Martes 12 de enero de 2016

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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TERCERO.- El entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con fecha ocho de junio de dos mil once, dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el Expediente Administrativo, bajo el número P.A. 80/2008, de la entonces Dirección Jurídica del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, iniciando Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. Amado Ponce Aldave, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Jolalpan, Puebla, administración 2005-2008; se ordenó citar al involucrado para que compareciera al desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ---------------------------------------------------------CUARTO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número OFS/0941211/D.J., de fecha ocho de junio de dos mil once, se citó al C. Amado Ponce Aldave, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Jolalpan, Puebla, administración 2005-2008, a efecto de que compareciera el veinticuatro de junio de dos mil once a las diez horas, para ofrecer pruebas y alegar lo que a su interés conviniera, por sí o por medio de un defensor o persona de su confianza que al efecto designara, oficio citatorio que le fue notificado conforme a derecho el trece de junio de dos mil once, tal y como consta en la cédula de notificación. ----QUINTO.- El veinticuatro de junio de dos mil once a las quince horas con treinta minutos, se desahogó la audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que se hizo constar la incomparecencia del C. Amado Ponce Aldave, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Jolalpan, Puebla, administración 2005-2008, así como la incomparecencia del representante del Ayuntamiento de Jolalpan, Puebla, administración 2011-2014, por lo que se tuvo por desahogada la audiencia prevista dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades, y se hizo efectivo el apercibimiento contenido en el citatorio con número de oficio OFS/09412-11/D.J., de fecha ocho de junio de dos mil once. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEXTO.- Mediante memorando OFS/10935-11/D.J., de quince de julio de dos mil once, la entonces Dirección Jurídica remitió a la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como la audiencia del veinticuatro de junio de dos mil once, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. ------------------------------------------------------------------------SÉPTIMO.- El veintidós de julio de dos mil once, con memorando número OFS/11306-11/DSPACAE, la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, remitió a la entonces Dirección Jurídica a través de la entonces Dirección General de Legalidad el informe analítico respectivo, y -------------------------------------------------

CONSIDERANDO
I.- Que los artículos 108, último párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 124, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, fracciones I, II, III
y V, 2, 3, fracción I, 48, 66 y 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla;
15, 18, 20 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 91 y 120, fracción II del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de abril de dos mil trece; establecen quiénes son Servidores Públicos, las responsabilidades y conductas en que pueden incurrir éstos, la determinación de responsabilidades y la competencia que tiene esta Legislatura para conocer y resolver el presente asunto. --------------------------------------------------------II.- En principio es importe señalar que en el presente Procedimiento Administrativo, se aplica de forma supletoria el Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en el Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona el artículo sexto transitorio al diverso Decreto por el que se expide el Código de Procedimientos Penales del Estado Libre y Soberano de

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 12/01/2016 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha12/01/2016

Nro. de páginas128

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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