Periódico Oficial de Puebla del día 01/11/2017 - Primera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

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Primera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 1 de noviembre de 2017

contable gubernamental, de manera irresponsable al termino de mi administración se llevó toda la documentación, incluso el CPU que tenía cargado el sistema y a la fecha no he podido localizarlo para que me la devuelva, sin embargo estoy en la mejor disposición de entregar la documentación con la que cuento para efecto de poder solventar las irregularidades, que es todo lo que deseo manifestar como alegatos. --------------SÉPTIMO. - Mediante memorándum número OFS/15579-11/DJ. de once de octubre de dos mil once, la entonces Dirección Jurídica remitió a la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como las pruebas ofrecidas por el involucrado C. Paulino Barco Atanacio, en la audiencia del cinco de octubre de dos mil once, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. ---------------------------------------------------------------------------------------------------OCTAVO.- El trece de junio de dos mil doce con memorándum número OFS/0438-12/DSPACAE, la Auditoría Especial de Cumplimiento a la Gestión Financiera, remitió a la denominada Dirección Jurídica, a través de la entonces General de Legalidad; todas del denominado Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla hoy Auditoría Superior del Estado de Puebla, el informe analítico respecto de las pruebas presentadas, y --------------------

CONSIDERANDO
I.- Que los artículos 108, cuarto párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Federal en comento, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de mayo de dos mil quince; segundo párrafo del artículo tercero transitorio de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis; 124, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis; y, su Nota Aclaratoria publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 1, fracciones I, II, III y V, 2, 3, fracción I, 48, 66
y 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 15, 18, 20 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 91 y 120, fracción II del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; establecen quiénes son Servidores Públicos, las responsabilidades y conductas en que pueden incurrir éstos, la determinación de responsabilidades y la competencia que tiene esta Legislatura para conocer y resolver el presente asunto. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------II.- En principio es importante señalar que en el presente Procedimiento Administrativo, se aplica de forma supletoria el Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en el Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona el artículo sexto transitorio al diverso Decreto por el que se expide el Código de Procedimientos Penales del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el treinta de diciembre de dos mil trece, y tercero transitorio, del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de marzo de dos mil catorce. -------------------------------------------------------------------------------------------------------Ahora bien con el objeto de resolver en el presente Procedimiento Administrativo, conforme a derecho proceda, este Congreso del Estado se avoca a la descripción, estudio, valoración de las pruebas existentes y a la adecuación de las conductas que se le atribuyen al C. Paulino Barco Atanacio, contempladas en el Pliego de Cargos vencido número 05000C/2008-2011, y que obran dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en que se actúa, así como al análisis de las constancias que lo integran y en este orden de ideas se analiza de la siguiente forma:--------------------------------------------------------------------------------------------------------

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 01/11/2017 - Primera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

PaísMéxico

Fecha01/11/2017

Nro. de páginas231

Nro. de ediciones442

Primera edición20/07/2015

Ultima edición06/02/2024

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