Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2020 (Sección Tercera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. LX Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 151
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 28, recorriéndose en su orden los subsecuentes, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 28.-

Los Ayuntamientos, en caso de emergencia Nacional o Estatal de carácter sanitaria o de protección civil, determinada por la autoridad competente, y por el tiempo que dure ésta, podrán sesionar a distancia, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación o medios electrónicos disponibles, y que permitan la transmisión en vivo en la página de internet de los municipios, en las cuales se deberá garantizar la correcta identificación de sus miembros, sus intervenciones, así como el sentido de la votación, para tales efectos el Secretario del Ayuntamiento deberá además certificar la asistencia de cada uno de los integrantes del Ayuntamiento; para lo cual deberá guardarse una copia íntegra de la sesión.

a a f.

TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
TERCERO. Los ayuntamientos garantizarán que las sesiones desarrolladas a distancia, mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación o medios electrónicos disponibles, cumplan con la legalidad de los procedimientos y de las votaciones emitidas, en términos de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, así como con la protección de datos personales, en los términos de la legislación aplicable.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado de México, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiún días del mes de abril de dos mil veinte.- Vicepresidente.- Dip. Faustino de la Cruz Pérez.- Secretarias.- Dip. María de Lourdes Garay Casillas.Dip. Nancy Nápoles Pacheco.- Dip. Araceli Casasola Salazar.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 4 de mayo de 2020.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA
RÚBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. SERGIO ALEJANDRO OZUNA RIVERO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2020 (Sección Tercera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaísMéxico

Fecha04/05/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3227

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/02/2024

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