Periódico Oficial del Estado de México del día 19/09/2018 (Sección Séptima)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

19 de septiembre de 2018

Página 5

HONORABLE ASAMBLEA

Por acuerdo de la Presidencia de la Legislatura, fue remitida a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México, presentada por el Diputado Rafael Osornio Sánchez, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Sustanciado el estudio de la iniciativa de decreto y ampliamente discutido en las comisiones legislativas, nos permitimos, con sustento en lo establecido en los artículos 68, 70, 72 y 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en relación con lo previsto en los artículos 13 A, 70, 73, 75, 78, 79 y 80 del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, emitir el siguiente:

DICTAMEN
ANTECEDENTES
La iniciativa de decreto fue sometida al conocimiento y decisión de la Legislatura, por el Diputado Rafael Osornio Sánchez, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio del derecho señalado en los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 28 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México.
De conformidad con el estudio que llevamos a cabo, desprendemos que la iniciativa de decreto propone tipificar los delitos contra la Economía Pecuaria.
CONSIDERACIONES
Es competencia de la Legislatura conocer y resolver la iniciativa de decreto, en términos de lo dispuesto en el artículo 61
fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, que la faculta para expedir leyes, decretos o acuerdos para el régimen interior del Estado, en todos los ramos de la administración del gobierno.
Quienes dictaminamos, advertimos que la Legislación del Estado de México vigente solo establece sanciones administrativas y que es necesario implementar sanciones penales para disuadir la propagación de enfermedades del ganado bovino.
En este contexto, coincidimos con la propuesta legislativa en la conveniencia de tipificar como delito la introducción de ganado bovino al Estado o zona de baja prevalencia o producción o la movilización con ánimo de comercialización, sin cumplir con la normatividad aplicable.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/09/2018 (Sección Séptima)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaísMéxico

Fecha19/09/2018

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones218

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/12/2022

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