Periódico Oficial del Estado de México del día 07/09/2017 (Sección Séptima)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 38

7 de septiembre de 2017

Elaborar el expediente técnico, catálogo de conceptos y propuesta inicial de presupuesto de cada obra que integra el Programa Anual autorizado, para revisión de la o del Residente Regional y envío a la Dirección de Infraestructura Carretera del Organismo.

Realizar con el contratista visitas de obras consistentes en el reconocimiento de las condiciones del lugar, características físicas y ambientales, ubicación de los bancos y plantas de suministro de materiales donde se pretenden ejecutar los trabajos, a fin de que cuente con los elementos a considerar en su propuesta.

Contar con el proyecto ejecutivo de obra y términos de referencia para la realización de la junta de aclaraciones atendiendo las precisiones o dudas del contratista participante.

Verificar que las obras se lleven a cabo en base en los proyectos autorizados, especificaciones particulares establecidas por el Organismo, bases de concurso, control de calidad y normatividad aplicable en la materia, a fin de garantizar los trabajos ejecutados.

Supervisar la ejecución de la obra y las condiciones físicas de la zona en que se desarrolla, asegurando que su funcionalidad esté de acuerdo con las especificaciones establecidas en el proyecto ejecutivo y, en caso de detectar modificaciones, se cuantificarán los volúmenes extraordinarios y variaciones al presupuesto inicial, informando a la instancia competente para su revisión, análisis y/o autorización correspondiente.

Comprobar la suficiencia presupuestal de la obra y, en caso necesario, solicitar la gestión de autorización de recursos adicionales para precios unitarios extraordinarios, ajuste de costos y demás reclamaciones.

Revisar y tramitar, ante la instancia competente, las estimaciones con su soporte documental, precios unitarios extraordinarios, ajuste de costos, volúmenes adicionales, diferimiento y reprogramación de la obra, con el propósito de integrar la documental al expediente único de obra y cumplir con la normatividad aplicable en la materia.

Elaborar reportes y fichas técnicas de avances físicos y financieros de obra, a fin de mantener actualizado el Sistema Integral para la Administración de los Recursos Públicos, proporcionando datos confiables y oportunos.

Revisar los conceptos considerados en el catálogo autorizado en la ejecución de los trabajos, determinando diferencias y ajustes de volúmenes que se hayan documentado para procesar el finiquito de obra.

Obtener y generar la documentación del expediente único de obra, considerando la modalidad de adjudicación, conforme a las disposiciones aplicables en materia, para su integración al libro blanco de la Dirección de Infraestructura Carretera del Organismo.

Informar por la vía oficial a las instancias internas el inicio y término de obra, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable y que se proceda al registro como obra pública.

Verificar la conclusión de los trabajos dispuestos en el contrato de obra y/o supervisión externa, elaborando las invitaciones a la programación del acto de entrega-recepción, a fin de que se continué con el trámite de autorización y difusión.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.

DELEGACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVO:
Administrar el capital humano y los recursos materiales, financieros y tecnológicos, con la finalidad de dar cumplimiento a la misión, visión, objetivos y atribuciones del Organismo; así como, contribuir al desarrollo de las funciones y actividades desconcentradas a la Residencia Regional.
FUNCIONES:

Atender necesidades de capital humano, verificando de los candidatos la preparación académica, perfil y experiencia, asegurando la contratación de personal altamente calificado e idóneo para ocupar los puestos.

Obtener del candidato la documental establecida como requisitos de contratación e ingreso, integrando el expediente personal y laboral a formalizarse ante la instancia competente para su guarda y custodia; así como, la suscripción del contrato individual de trabajo.

Realizar la inducción del personal de nuevo ingreso para proporcionar identidad institucional, asignación de lugar de adscripción, otorgar tarjetas de registro de asistencia y tramitar la identificación correspondiente.

Gestionar los contratos individuales de trabajo de los servidores públicos adscritos ante las instancias competentes para que procedan a realizar altas, bajas, pago de sueldos y salarios.

Conciliar el registro de asistencia del personal de base, a efecto de controlar las incidencias y realizar aclaraciones que requieran las servidoras públicas y los servidores públicos.

Elaborar el reporte de incidencias derivadas del registro y control de asistencia del personal eventual, para que se proceda a su aplicación correspondiente.

Obtener recibos, cheques y nómina de pago de las servidoras públicas y los servidores públicos, a fin de recabar su firma autógrafa y proceder a la comprobación respectiva.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 07/09/2017 (Sección Séptima)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

PaísMéxico

Fecha07/09/2017

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones218

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/12/2022

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