Periódico Oficial del Estado de México del día 20/10/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 20 de octubre de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 75

Al margen Escudo de la Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Diputadas y Diputados Locales Estado de México, Grupo Parlamentario morena, Dip. Max Agustín Correa Hernández, Presidente de la Comisión de Asuntos Metropolitanos.
Toluca de Lerdo a 27 de octubre de 2022.
DIP. ENRIQUE EDGARDO JACOB ROCHA.
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA LXI LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO.
PRESENTE
Diputado Max Agustín Correa Hernández integrante del Grupo Parlamentario de morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 6 y 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en ejercicio del derecho que me confiere los artículos 51 fracción II, 57 y 61 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 28 fracción I, 38 fracción II, 79 y 81 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y 68 de Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, someto a la consideración de esta Honorable Legislatura; Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción XV del artículo 29 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre; y el inciso k del artículo 147 BIS
del Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, de conformidad con la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La supervisión de la conducta de los servidores públicos en ejercicio de su cargo, tanto en México como en el mundo, es un tema que desde siempre ha estado en la mira de la sociedad, ya que, si bien debe haber honestidad en su actuar en la labor encomendada, no pocas ocasiones resulta ser todo lo contrario.
Para alcanzar niveles de acuerdos sociales amplios en la esfera pública, se torna fundamental la asociación entre la propia democracia representativa con la democracia participativa, una asociación que sea capaz, a su vez, de construir políticas públicas eficaces que atiendan de la mejor forma posible las necesidades de la sociedad.
La importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio público, radica en que todas las acciones gubernamentales y administrativas deben estar al alcance del público en forma clara, accesible y veraz.
Informar desde una posición pública, permite generar confianza por parte del ciudadano hacia el sistema gubernamental, pues al participar, escuchar, analizar y exigir a la autoridad, se forma y nutre un círculo virtuoso, es decir, si los poderes del Gobierno, informan a la ciudadanía sobre todas las actividades del quehacer de la administración pública, que los recursos públicos tiene un uso efectivo, da como resultado una mayor confianza entre la ciudadanía, favoreciendo así el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas, pero también de las de los servidores públicos.
Por ello, construir un mejor gobierno implica la apertura de su actuación al escrutinio público a través de mecanismos que garanticen a los ciudadanos accesibilidad total al ejercicio de la función pública e impulsen esquemas de corresponsabilidad en la elaboración de políticas públicas encaminadas a la formación de una conducta ética en el funcionamiento administrativo, transparencia en la asignación y el manejo de recursos públicos, así como la rendición de cuentas. Como también es tarea de legisladores informar a los representados de toda actividad que realicen durante el periodo constitucional de su encargo público.
En esta práctica se gestan ventajas competitivas, así como mayores beneficios en la atención de necesidades sociales, pues se conforma un ambiente de confianza, reconocimiento y apropiación de las acciones al reducir la discrecionalidad y evitar los actos que propicien corrupción.
Aunado a ello, la rendición de informes es una herramienta para fortalecer la democracia y credibilidad de los ciudadanos en sus autoridades, siempre y cuando éstas expresen de manera clara sobre sus decisiones y justifiquen las acciones emprendidas, con el acompañamiento de mecanismos de control y sanción para quienes no se conduzcan de acuerdo a la Ley.
En ese sentido, la rendición de cuentas representa un elemento sin el cual no se entienden las democracias avanzadas;
informar y explicar a los ciudadanos las acciones realizadas, de tal forma que el gobernante o representante popular, asuma la responsabilidad de sus actos y decisiones, convirtiéndose en sujeto de evaluación.
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PERIÓDICO OFICIAL

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Gobierno del Estado de México

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 20/10/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha20/10/2023

Nro. de páginas124

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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