Periódico Oficial del Estado de México del día 29/08/2023 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Martes 29 de agosto de 2023

Sección Segunda
Tomo: CCXVI No. 37

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL TRABAJO

Al margen un Escudo del Estado de México.

DOCTORA MARIBEL GÓNGORA ESPINOSA, SECRETARIA DEL TRABAJO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN V, 27 Y 28 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 3 FRACCIÓN XI, 5, 6, 10, 11 FRACCIÓN VI, 12 FRACCIONES
I Y II, Y 17 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIÓN XI, 8
FRACCIÓN III, 9 FRACCIÓN II, 18, 19, 21 Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; Y 1, 2, 4, 5 Y 6 FRACCIONES I, VIII, XVI, XVIII Y XXX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
CONSIDERANDO
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas ONU, adoptó en 2015 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual es un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad.
Que la Agenda plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Que la política de Desarrollo Social instruida por el licenciado Alfredo Del Mazo Maza, Gobernador Constitucional del Estado de México, se fundamenta, entre otros, en los principios de inclusión, integralidad, igualdad, participación, solidaridad, productividad, corresponsabilidad, focalización, colectividad, transversalidad y evaluación, priorizando el desarrollo humano de los mexiquenses.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México PDEM 2017-2023, en congruencia con la Agenda 2030 y los ODS, considera prioritario, en su Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente, atender las causas y efectos de la pobreza y desigualdad, así como garantizar los derechos sociales, con énfasis en la población más vulnerable, particularmente de las mujeres, a través de estrategias, programas y acciones de gobierno que articulan procesos que potencien y garanticen el desarrollo sostenible y con equidad que se transformen en bienestar y calidad de vida para la sociedad, en términos de lo que establece el artículo 3 fracción II de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México.
Que para dar cumplimiento a la política social estatal se establece la Estrategia Familias Fuertes EFF, como un mecanismo de coordinación transversal que permita transitar del desarrollo social al desarrollo humano, para que a través de la operación de diversos programas sociales, se promueva el acceso a los derechos sociales y con ello, se contribuya a mejorar la calidad y el nivel de vida de los mexiquenses, mediante cuatro pilares básicos: el ingreso, la alimentación, la educación y la vivienda.
Que la EFF se alinea a los ODS, a las metas de la Agenda 2030 propuestas por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD y a los objetivos de la Ley de Desarrollo Social de la entidad, lo que permite homologar los criterios técnico metodológicos de las Reglas de Operación de los programas sociales de la Secretaría del Trabajo, emitidos por el Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social CIEPS.
Que el Programa de Desarrollo Social Salario Rosa por el Trabajo se encuentra alineado a los ODS: 1. Fin de la Pobreza, 5.
Igualdad de Género, 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico y 10. Reducción de las Desigualdades; contribuyendo a cumplir las metas 1.1, 1.2, 5.4, 5. a, 8.5 y 10.2 de la Agenda 2030.
Que el PDEM, en su Eje 1: Igualdad de Género, alineado al compromiso mundial de combatir las desigualdades entre mujeres y hombres, ubica este tema como una de las prioridades de gobierno, cuya ejecución se basa en un ejercicio transversal que impacta la totalidad de las políticas públicas.
Que la transversalización de la perspectiva de género, exige incluir el principio de Igualdad de Trato y de Oportunidades entre mujeres y hombres, en la planeación, ejecución y evaluación de las políticas públicas, a efecto de garantizar el acceso a los recursos y oportunidades en igualdad de condiciones.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 29/08/2023 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha29/08/2023

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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