Periódico Oficial del Estado de México del día 06/07/2020 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

La solución de hipoclorito de sodio de uso común cloro comercial, es un desinfectante eficaz, sumado a que es un producto seguro para la limpieza, para su uso se recomienda preparar una solución clorada desinfectante bajo las siguientes indicaciones:
Llenar una botella con un litro de agua limpia.
Agregar una cucharada cafetera de cloro comercial.
Tapar la botella y agitar.
Etiquetar la botella indicando que contiene agua clorada.
Dejar reposar 30 minutos antes de utilizarla.
Guardar el recipiente en un lugar oscuro.
Esta solución podrá ser utilizada durante un mes para realizar la limpieza de superficies.
La desinfección de superficies debe hacerse diariamente antes de iniciar las actividades del sitio cerrado, y antes de cerrar el mismo. La frecuencia de limpieza y desinfección se determinará dependiendo del flujo de personas que se tenga en el lugar.
Si es factible, ventilar todas las áreas de los sitios cerrados, asegurando que no haya obstrucción ni apilamiento de materiales y equipo en ventanas, que impida la ventilación e iluminación natural de las áreas.
De no ser posible el uso de ventilación natural, el uso de ventiladores solo podrá operar con recirculación de un mínimo de 30% hacia el exterior. La recirculación del aire está prohibida. El sistema y los filtros deberán desinfectarse y limpiarse constantemente.
VII. CONSIDERACIONES PARA LA SANITIZACIÓN DE INMUEBLES

El procedimiento recomendado para oficinas, con excepción de las instalaciones de Servicios Periciales, es SANITIZACIÓN reducción de microorganismos a un nivel seguro.

La DESINFECCIÓN de bienes muebles e inmuebles sólo es aplicable para instalaciones de servicios periciales.

La frecuencia con que deberá sanitizarse dependerá de las especificaciones técnicas del producto aplicado; la diferencia en la duración de productos va desde horas hasta semanas se sugiere solicitar al prestador del servicio la ficha técnica del producto a utilizar.

Cualquier prestador de servicios de sanitización que se contrate debe tener acreditados sus procesos y productos ante la COFEPRIS.

La sanitización es una medida complementaria, que no sustituye a la limpieza permanente de las instalaciones, por lo que no se recomienda contratar servicios adicionales cada que se detecten casos sospechosos o confirmados de COVID-19, sería presupuestalmente inviable.

Los servidores públicos deberán limpiar sus espacios o lugares de trabajo, con una frecuencia de al menos 4 horas, para lo cual se podrán hacer recesos de máximo diez minutos.

AUTORIZA
EL FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO

ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 06/07/2020 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha06/07/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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