Periódico Oficial del Estado de México del día 04/10/2018 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Página 4

4 de octubre de 2018

mil pesos 00/100 M.N.. 3.- El inmueble anteriormente descrito cuenta con una superficie de 150 m2 y cuenta con las siguientes medidas y colindancias: Al norte: 15 metros, linda con lote seis de la misma manzana; Al sur: 15 metros, linda con lote ocho de la misma manzana; Al oriente: 10 metros, linda con lote cuatro de la misma manzana; Al poniente: 10 metros, linda con calle tres; 4.De conformidad con lo anterior, manifiesto a su Señoría que el inmueble objeto del presente juicio, el suscrito lo he venido poseyendo en CALIDAD DE PROPIETARIO desde el mes de Diciembre del año 2004, tal y como se acredita con el contrato de compraventa mencionado, posesión que además ha sido de manera CONTINUA, PACIFICA, DE BUENA FE, PUBLICA E
INTERRUMPIDA Y EN CONCEPTO DE PROPIETARIO. 5.- No obstante que todos y cada uno de los servicios públicos aparecen a nombre del C. AURELIO MENDOZA REGALADO, es de aclarar que es el suscrito quien los ha cubierto en su totalidad a partir de la fecha de comprar del multi mencionado bien inmueble y fue bajo la promesa del vendedor de regularizar a mi nombre dichos servicios y hasta este momento no se ha regularizado en mí favor dicho predio, razón por la cual se demanda de dicha persona la prestación marcada con el inciso D además de que como consta en el Instituto de la Función Registral dicho predio aun aparece el C. MARCELO CASIMIRO JEAN GARCIA como propietario de dicho inmueble. 6.- A efecto de demostrar que el suscrito he venido ostentando el título de propietario del bien inmueble anteriormente mencionado, me permito exhibir a usted las documentales públicas que acreditan que he cumplido con todos y cada uno de los servicios y derechos que conlleva el ser propietario, los cuales describo a continuación: 1. Ocho recibos de pago del impuesto predial, 2. Quince recibos de pago de agua, 3. Constancia de regularización, 4. Manifestación de traslado de dominio, 5. Un juego de copias simples de la escritura pública número 24189, 6. Notificación de clave catastral, 7. La solicitud y asignación de número oficial hecha por el C. AURELIO
MENDOZA REGALADO.
Con fundamento en los dispuesto por el artículo 1.181 del Código de Procedimientos Civiles, emplácese por medio de edictos a MARCELO CASIMIRO JEAN Y GARCIA, ordenándose la publicación por tres veces de siete en siete días, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en el periódico de mayor circulación en donde se haga la citación y en el Boletín Judicial, edictos que contendrá una relación sucinta de la demanda, haciéndoles saber que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, quedando a su disposición las respectivas copias para traslado, apercibiéndole que de no comparecer por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarla se seguirá el juicio en su rebeldía, haciéndole las posteriores notificaciones por lista y Boletín Judicial, fíjese además en la puerta del Tribunal una copia íntegra del proveído por todo el tiempo del emplazamiento.
Se expide para su publicación a los trece días de septiembre de dos mil dieciocho.-Doy fe.-Validación el cuatro de septiembre de dos mil dieciocho, se dictó auto que ordena la publicación de edictos, Licenciada Mary Carmen Flores Román, Secretario de Acuerdos y firma.-Rúbrica.
1829-A1.-4, 15 y 24 octubre.

JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION
DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el Juzgado Primero Civil y de Extinción de Dominio de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, se radico el expediente 1/18, relativo al juicio extinción de dominio promovido por los Agentes del Ministerio Público Especializados en Extinción de Dominio, en contra de ZENON

ACEVEDO QUINTERO y de QUIEN SE OSTENTE, COMPORTE, O ACREDITE TENER DERECHO REALES SOBRE EL BIEN
SUJETO A EXTINCION DE DOMINIO, de quienes demandan las siguientes prestaciones:
I.- La declaración judicial de extinción de dominio a favor del Gobierno del Estado de México, respecto del bien mueble consistente en un vehículo marca Pontiac, tipo Matiz, número de serie KL2MD610X5C064966, color rojo, año 2005, placas PWX8655 del Estado de Morelos, toda vez que sirvió como instrumento para cobrar el rescate de la víctima de identidad reservada con iniciales J.L.C.M., que consta en la carpeta de investigación TOL/TOL/FST/054/124517/16/12, iniciada por el delito de secuestro.
II.- La pérdida de los derechos, sin contraprestación ni compensación alguna para su dueño, o quien se ostente o comporte como tal o acredite tener derechos reales sobre el bien mueble multicitado.
III.- La aplicación del bien descrito a favor del Gobierno del Estado de México, de acuerdo con la legislación aplicable.
HECHOS Y RAZONAMIENTOS LÓGICO JURÍDICOS
POR LOS QUE SE ESTABLECE QUE EL HECHO ILÍCITO
SUCEDIÓ Y QUE LOS BIENES SE UBICAN EN ALGUNO DE
LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE
EXTINCIÓN DE DOMINIO DEL ESTADO DE MÉXICO.
El catorce de diciembre de dos mil dieciséis, siendo aproximadamente las diez horas con treinta minutos, la victima de identidad reservada de iniciales J.L.C.M., se encontraba en un su lugar de trabajo como chófer en una base de taxis, cuando lo abordaron dos sujetos del sexo masculino quienes le solicitaron un viaje, antes de llegar a su destino uno de los sujetos lo amenazó con un arma de fuego indicándole que siguiera manejando por un camino de terracería, escoltándole por la parte posterior una camioneta verde, tipo Voyager, posteriormente le indicaron que ingresara a la camioneta que venía detrás de ellos, al abordar dicho vehículo se percató de otros tres sujetos;
después de unos minutos llegaron hasta una zona boscosa en un cerro, donde lo mantuvieron privado de su libertad. A las once horas con treinta y cinco minutos del mismo día, el ofendido, hijo de la victima de identidad reservada de iniciales J.L.C.M., recibió una llamada telefónica de su padre, quien le refirió que había sido secuestrado, posteriormente secuestradores se comunicaron con él, para exigirle el pago del rescate, por lo que se trasladó a la Fiscalía de Secuestro del Valle de Toluca, en donde al seguir el protocolo correspondiente se acordó con los secuestradores el pago de cincuenta mil pesos, sin embargo el ofendido sólo llevó diez mil pesos; la entrega sería en la carretera Federal MéxicoToluca; pero antes de llegar al lugar acordado, el ofendido les indicó al personal de la Fiscalía que tendrían que dirigirse a otro lugar a pagar el rescate, ya que así se lo habían indicado los secuestradores vía telefónica. En el lugar indicado aproximadamente a las veintidós horas llegó un vehículo marca Pontiac, tipo matiz, de color rojo, con placas de circulación PWX8655, del Estado de México, parándose a un costado de donde se encontraba el ofendido, descendiendo una persona del sexo masculino, a quien se le entregó el sobre amarillo con el dinero reunido, posteriormente agentes de investigación de la Fiscalía de Secuestro de Valle de Toluca descendieron de sus vehículos y aseguraron a tres personas. En cuanto a la victima de identidad reservada de iniciales J.L.C.M., logró escapar después de que los sujetos que lo custodiaban vieran a lo lejos unas unidades policiales que se acercaban por la carretera, dejando a la víctima sola en el cerro, momentos después descendió y solicito ayuda, abordó un taxi y al llegar a su domicilio se comunicó con su esposa, quien le comunicó que los secuestradores habían sido detenidos. El catorce de diciembre de dos mil dieciséis, el Agente del Ministerio Público adscrito la

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/10/2018 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha04/10/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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