Periódico Oficial del Estado de México del día 25/09/2018 (Sección Segunda)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

25 de septiembre de 2018

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Que derivado de las anteriores determinaciones jurídicas y administrativas, se estima necesario que el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, modifique su Reglamento Interno, a fin de que atienda dichas modificaciones.
En mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 14 primer y segundo párrafo, y su fracción IV, 15, 16 primer párrafo, 20, 22, 24 y la denominación de los capítulos IV y V; y se derogan las fracciones V y VI del artículo 14 y el artículo 21
del Reglamento Interno del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, para quedar como sigue:
Artículo 14.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, el Director General se auxiliará de las unidades administrativas siguientes:
I. a III.
IV. Dirección Jurídica y Administrativa.
V. Se deroga.
VI. Se deroga.
Para atender las acciones de control y evaluación, el COMECYT contará con un Órgano Interno de Control, asimismo, con las demás unidades administrativas que le sean autorizadas, cuyas funciones se establecerán en su Manual General de Organización; de igual forma, se auxiliará de los servidores públicos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, de acuerdo con el presupuesto, estructura orgánica y normatividad aplicable.
CAPÍTULO IV
DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS
DE LOS DIRECTORES
Artículo 15.- Al frente de cada Dirección habrá un director, quien se auxiliará de los servidores públicos que las necesidades del servicio requieran, de acuerdo con la normatividad aplicable, estructura orgánica y presupuesto autorizados.
Artículo 16.- Corresponde a los directores el ejercicio de las atribuciones genéricas siguientes:
I. a XVI.
CAPÍTULO V
DE LAS ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS
DE LOS DIRECTORES Y DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
Artículo 20.- Corresponde a la Dirección Jurídica y Administrativa.
I.

Representar al Organismo en los asuntos jurídicos en los que sea parte, previo mandato que al efecto le otorgue el Director General y realizar el oportuno seguimiento a los procedimientos hasta su conclusión.

II.

Intervenir y asesorar al personal del COMECYT en las diligencias, procedimientos, juicios y controversias laborales, penales y civiles, que se susciten o afecten los interese y el patrimonio del mismo.

III.

Compilar, actualizar, registrar y difundir los ordenamientos jurídicos aplicables que regulen la organización y el funcionamiento del Organismo; así como proponer al Director General la actualización, adición o suspensión de los mismos.

IV.

Preparar, acudir y llevar el seguimiento de las audiencias que se ventilen ante las diversas autoridades judiciales estatales y/o federales para resolver los casos que competan al Organismo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 25/09/2018 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha25/09/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4508

Primera edición04/01/2000

Ultima edición18/04/2024

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