Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

8 de enero de 2019
III.

Página 31

Expedición de copia certificada de las actas de los actos y/o hechos del estado civil de las personas, concentradas en la Dirección General:
A. En papel seguridad:
1 Registros de otras entidades federativas.

$84

2 Registros en el Estado de México.

$73

B. En papel bond o por internet.

$48

IV.

Por el dictamen de procedencia del divorcio administrativo.

V.

Búsqueda en los libros y archivos sistematizados del Registro Civil que se encuentren concentrados en la Dirección General, subdirecciones y oficinas regionales, cuando no se señale fecha de registro, por cada año o fracción.

$19

Por el trámite de aclaración de acta por vía administrativa y el asentamiento de la anotación marginal correspondiente.

$111

VII.

Por certificación de constancia de inexistencia de registro.

$76

VIII.

Por cada hoja de papel seguridad para copia certificada.

$13

IX.

Por juego de formato para el asentamiento de hechos y actos del estado civil.

$6

X.

Por el servicio de encuadernación o rehabilitación de los libros de Oficialía de las diversas actas de los actos y hechos del estado civil, por libro.

$345

Por la transcripción de las actas de los actos y/o hechos del estado civil celebrados por mexicanos en el extranjero ante autoridad extranjera.

$528

VI.

XI.

$1,436

Sección Décima Segunda De los Derechos por Servicios Prestados por la Procuraduría General de Justicia Derogada Artículo 105.- Derogado Sección Décima Tercera Derogada Artículo 106.- Derogado DECRETO NÚMERO 394 PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2011.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- A QUINTO.-
SEXTO.-
I. I.

NÚMERO DE CILINDROS

II.

III.

TARIFA

Hasta 4

$353

De 5 a 6

$1,059

De más de 6

$1,439

En el caso de motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos, la determinación será atendiendo a los centímetros cúbicos del motor, conforme a lo siguiente:
1. Cilindrada hasta 200 c.c.

$298

2. Cilindrada de 201 c.c. en adelante
$505

En el caso de vehículos destinados al transporte público de pasajeros, se pagará una cuota de $1,097.
Tratándose de vehículos de servicio público de transporte de pasajeros que pasen a ser de servicio particular, no pagarán el impuesto previsto en este artículo en el año que esta circunstancia ocurra, siempre y cuando se encuentren al corriente en el pago de esta contribución.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha08/01/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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