Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2018 (Sección Quinta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 2

14 de septiembre de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSIDERANDO
Que el Sistema de Planeación Democrática es un mandato constitucional que tiene por objeto garantizar el desarrollo integral del Estado de México, y de los municipios, atendiendo las necesidades para mejorar la calidad de vida de los habitantes, así como para conformar armónica y adecuadamente las diferentes regiones de la entidad;
Que el Gobernador Constitucional del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 77 fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 22 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, en fecha 15 de marzo de 2018, publicó, en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México el Decreto por el que se emite el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, mismo que establece los objetivos y las metas y líneas de acción que sirven de base para la definición e implementación de las políticas públicas del Estado de México;
Que en el citado decreto se estableció que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 es la base para la elaboración de los programas necesarios para dar cumplimiento a los objetivos y a las metas establecidos para la presente Administración;
Que conforme a lo dispuesto por la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios -y por su Reglamentoel Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 señala las bases para la elaboración de los programas sectoriales y regionales que delinearán, de manera puntual y detallada, los pasos para el cumplimiento de los objetivos establecidos;
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 está integrado por cuatro pilares: a Pilar social: Estado de México socialmente responsable, solidario e incluyente; b Pilar económico: Estado de México competitivo, productivo e innovador; c Pilar territorial: Estado de México ordenado, sustentable y resiliente; y d Pilar seguridad: Estado de México con seguridad y justicia; los cuales se encuentran ligados a tres ejes transversales que involucran a las diferentes entidades de Gobierno, y están orientados a la igualdad de género, a un gobierno capaz y responsable, y a la conectividad y tecnología para el buen gobierno;
Que para la adecuada instrumentación del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, el Sistema de Planeación Democrática prevé como instrumentos para el cumplimiento de su objeto los programas sectoriales, los cuales precisan con mayor detalle las políticas públicas consideradas en dicho Plan, con base en los objetivos y en las estrategias, líneas de acción y metas para un determinado sector del desarrollo económico-social de la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios;
Que los programas sectoriales tienen como finalidad orientar los esfuerzos sociales e institucionales a la consecución del bienestar en sectores específicos; por lo que se constituyen como un instrumento eficaz del quehacer gubernamental al abordar una temática socialmente relevante y determinada, que vincula el funcionamiento de diversas dependencias, entidades, instituciones públicas, sociales y privadas identificando claramente sus responsabilidades;
Se publica, para conocimiento de los habitantes del Estado Libre y Soberano de México, con fundamento en lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, el resumen de los programas sectoriales derivados del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023. El documento íntegro de dichos programas puede ser consultado en el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México, o bien en la página electrónica http copladem.edomex.gob.mx/
RESUMEN DE LOS PROGRAMAS SECTORIALES DEL ESTADO DE MÉXICO 2017-2023
Marco Legal La Planeación para el Desarrollo es un proceso progresivo que implica el diseño de instrumentos que consignen la política gubernamental para impulsar un proyecto de trascendencia en apego a la realidad del Estado y que promuevan un amplio consenso entre la sociedad y el gobierno en la búsqueda de mejores condiciones de vida de la población.
Para los efectos de la integración y ejecución de la estrategia contenida en el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 PDEM, durante los seis meses posteriores a su publicación se deberán elaborar programas sectoriales, especiales y regionales que contribuyan a alcanzar sus objetivos y metas.
La Ley de Planeación del Estado de México y Municipios apunta a que las dependencias, entidades públicas, organismos y unidades administrativas participarán en la integración de programas sectoriales y regionales de corto, mediano y largo plazo congruentes entre sí y con las estrategias contenidas en el PDEM.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 14/09/2018 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha14/09/2018

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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