Periódico Oficial del Estado de México del día 13/04/2011 (Sección Quinta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

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13 de abril de 201 I

funcionamiento y ejercicio de las atribuciones que le competen al Ministerio Público, disponiéndose en el artículo 6, apartado B, fracción II, de la referida Ley Orgánica que los agentes del Ministerio Público den fe de sus propias actuaciones, las que serán válidas aún cuando no se asiente razón de ello, por lo que no es necesario que actúen en compañía de testigos de asistencia o de otros funcionarios;
Que bajo esa tesitura, a través de los Acuerdos números 07/2009, 18/2009, 02/2010 y 10/2010 emitidos por el Procurador General de Justicia, publicados en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", los días cuatro de mayo, primero de diciembre de dos mil nueve, doce de febrero y diez de agosto de dos mil diez, respectivamente, se habilitaron a Secretarios del Ministerio Público como agentes del Ministerio Público, en virtud de cumplir con los requisitos que establece la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y su Reglamento;
Que los secretarios del Ministerio Público enlistados en el presente Acuerdo, cumplen con los requisitos a que aluden los artículos 38 y 57 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; y 47 del Reglamento de la Ley Orgánica en cita, para ser habilitados como agentes del Ministerio Público;
Que la ampliación en la plantilla de agentes del Ministerio Público redundará en la mejora de las funciones encomendadas a la Procuraduría, en beneficio de la sociedad.
En mérito de lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 01/2011, DEL C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO
DE MÉXICO, POR EL QUE SE HABILITAN A LOS SECRETARIOS DEL MINISTERIO
PÚBLICO QUE SE INDICAN COMO AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO.
PRIMERO.- Objeto.
El objeto de este Acuerdo es habilitar a los Secretarios del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México que se enlistan como agentes del Ministerio Público.

SEGUNDO.- Atribuciones y obligaciones de los Servidores Públicos que se indican.
Se confieren todas las atribuciones y obligaciones señaladas en los artículos 6, 10, 14, 25 y 28 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y aquellas que en su carácter de Ministerio Público les facultan las disposiciones constitucionales y legales, a los servidores públicos que a continuación se indican:
I.

AGUILAR PÉREZ RENÉ ALFREDO
ALBARRÁN OLIVARES JOSEFINA
ALCÁNTARA BERNAL CARLOS

AMORADOR JIMÉNEZ NICOLÁS
ÁNGELES MARTÍNEZ MARTÍN
APOLINEO FRANCO JULIÁN
ARISTA MARTÍNEZ GUADALUPE

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 13/04/2011 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha13/04/2011

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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