Periódico Oficial del Estado de México del día 10/04/2024 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Miércoles 10 de abril de 2024

Sección Primera
Tomo: CCXVII No. 62

Que el Código Administrativo del Estado de México en su Capítulo Cuarto Artículo 1.15, fracción IV dispone lo siguiente:
Artículo 1.15.- El acto administrativo se extingue por cualquiera de las causas siguientes:
IV. La renuncia del interesado, cuando los efectos jurídicos del acto administrativo sean de interés exclusivo de éste, y no se cause perjuicio al interés público;

Que el Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México en su artículo 81 dispone lo siguiente:
Artículo 81. Se podrá dejar sin efectos jurídicos, total o parcialmente, la autorización de un conjunto urbano por renuncia expresa de su titular, siempre y cuando:
I.
II.
III.

No se afecte el interés público;
No se afecten los intereses de terceros, y No se hayan realizado actos de gravamen o traslativos de dominio respecto de los lotes objeto de la renuncia.

Que una vez realizado el estudio correspondiente a la documentación exhibida, desde el punto de vista técnico como legal, se llegó a la conclusión de que están satisfechos los requisitos dispuestos en los Artículos 81 y 82 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, para expedir la Autorización materia del presente Acuerdo.
Que esta autoridad administrativa es competente para dar respuesta a su instancia en términos de los artículos 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5, 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1,3, 15 19, 38 y 39 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.15, 1.16, 5.1, 5.2, 5.5 fracción I, 5.7y 5.9 fracción I inciso h del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; 81 y 82
del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, 1, 2, 3 fracción III, 7 y 12 fracciones I, IV, IX, X y XI del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano e Infraestructura, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el día 20 de diciembre de 2023, el punto PRIMERO del Acuerdo Delegatorio de Facultades en Favor de la Persona Titular de la Dirección General de Operación y Control Urbano publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha Jueves 18 de enero de 2024, así como la Fe de erratas publicada en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 23 de enero de 2024, esta Dirección General, emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. Se DEJA SIN EFECTOS JURÍDICOS el oficio No. 22400105L/003267/2023 de fecha 12 de junio de 2023, por el cual se autorizó en favor de la empresa Desarrolladora Inmobiliaria y Comercializadora Armando Siller y Asociados S.A. de C.V., el Condominio Vertical habitacional de tipo residencial para alojar 11 viviendas en el Lote 34 de la Manzana X diez romano, en una superficie de 1,522.49 m2, dentro del Conjunto Urbano de tipo mixto denominado Bosque Real, ubicado en el Municipio de Huixquilucan Estado de México.
SEGUNDO. Se DEJA SIN EFECTOS JURÍDICOS el oficio 22400105L/ 003268 /2023 de fecha 12 de junio de 2023, referente al pago de derechos por la autorización mencionada en el párrafo que antecede.
TERCERO. Con fundamento en los Artículos 5.38 Fracción X Inciso j del Código Administrativo del Estado de México y 82 último párrafo de su Reglamento, el presente Acuerdo surtirá sus efectos legales al día siguiente de su notificación, debiéndose protocolizar ante Notario Público del Estado de México e Inscribir en el Instituto de la función Registral del Estado de México, en un plazo de 90 días, debiendo acreditar dicho acto ante esta Dirección General de Operación y Control Urbano dentro del mismo plazo.
CUARTO. Con fundamento en el Artículo 82 fracción IV del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se fija un plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación de la autorización del presente Acuerdo por parte de su Titular, para ser publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, debiéndolo informar a esta Dependencia en el mismo término.
QUINTO. Se ratifica el estado técnico jurídico que originalmente tenía el Lote 34 de la Manzana X diez romano, del Conjunto Urbano denominado BOSQUE REAL, ubicado en el Municipio de Huixquilucan, Estado de México.
SEXTO. El presenta deja a salvo los derechos de terceros.

Atentamente Arq. Blanca Hereida Piña Moreno.- Directora General de Operación y Control Urbano.- Rúbrica.
C.c.p.

Ing. Arq. Rubí Celia Rizzo Jácome. - Directora Técnica para Autorizaciones Urbanas.
Ing. Israel Sindy Sánchez Torres. - Director de Control Urbano, Obras y Áreas de Donación.
Expediente/Minutario Folio: 0245/2024
BHPM/RCRJ/NMF/SPC

edomex.gob.mx legislacion.edomex.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL

3

Gobierno del Estado de México

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 10/04/2024 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha10/04/2024

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones5195

Primera edición03/01/2000

Ultima edición11/06/2024

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