Periódico Oficial del Estado de México del día 08/03/2024 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Viernes 8 de marzo de 2024

Sección Primera
Tomo: CCXVII No. 45

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
ACUERDO DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD Y PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ÉTICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD DEL
ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE CONDUCTA Y REGLAS DE INTEGRIDAD DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD.

Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Estado de México El poder de servir! y una leyenda que dice: SEGURIDAD, Secretaría de Seguridad, Oficina del C. Secretario.

MAESTRO ANDRÉS ANDRADE TÉLLEZ, SECRETARIO DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 21 PÁRRAFOS NOVENO, DÉCIMO Y ÚLTIMO Y 113
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 3, 6, 7 FRACCIONES II, V, VI, VII Y XVI, 72, 78, 79 FRACCIONES II, III Y IV, 99, 100 Y 101 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD PÚBLICA; 1, 2 FRACCIONES II, III, IV, VII Y VIII, 5 Y 6 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL ANTICORRUPCIÓN; 78, 86 BIS, 130 Y 130 BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 4, 17, 19, 22 23 FRACCIÓN II, 26 Y 27 FRACCIONES II, VI, XIII, XXXIV Y XXXV
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1 FRACCIONES I, IV Y V, 2, 3, 4, 8 FRACCIONES V, VI Y XIV, 14 FRACCIÓN III, 16 APARTADO A, FRACCIONES I, III, VIII, X, XXVIII Y XXXIX, 134, 140, 141, 152, 182, 183, 184, 185 Y 189 DE LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 2
FRACCIONES I, II, IV Y V, 4 FRACCIÓN I, 7 Y 17 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL
ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1, 2 FRACCIONES I, II, IV, VII, VIII Y IX, 5 Y 6 DE LA LEY DEL SISTEMA
ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1, 3, 5, 6, 10, 11, 12, Y 13 FRACCIONES IV, VI, XVIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XLI, LI, LIII, LV Y LVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD, ASÍ COMO EN EL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓNDE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD, Y
CONSIDERANDO:
Que el último párrafo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género.
Que el artículo 79 fracciones II, III y IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, contempla que los fines de la carrera policial son promover la proximidad social, responsabilidad, honradez, diligencia, eficiencia y eficacia en el desempeño de las funciones y en la óptima utilización de los recursos de las Instituciones; instaurar la doctrina policial civil y fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia mediante la motivación y el establecimiento de un adecuado sistema de promociones que permita satisfacer las expectativas de desarrollo profesional y reconocimiento de los integrantes de las instituciones policiales; e instrumentar e impulsar la capacitación y profesionalización permanente de los Integrantes de las instituciones policiales para asegurar la lealtad institucional en la prestación de los servicios.
Que el segundo párrafo del arábigo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establece que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional.
Que el artículo 16, apartado A, fracción XXVIII de la Ley de Seguridad del Estado de México, puntualiza que es atribución del Secretario de Seguridad emitir los acuerdos, instructivos, manuales de organización y de procedimientos, y demás normatividad que rija las actividades de la Secretaría.

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PERIÓDICO OFICIAL

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Gobierno del Estado de México

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 08/03/2024 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha08/03/2024

Nro. de páginas120

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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