Periódico Oficial del Estado de México del día 11/07/2023 (Sección Primera)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Martes 11 de julio de 2023

Sección Primera
Tomo: CCXVI No. 7

del Estado Libre y Soberano de México, el Estado de México es parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, integrado en su división territorial y organización política y administrativa por los municipios y su representante cuenta con facultades para convenir en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

II.

I.2.

Que la SECRETARÍA, puede ejercer las facultades económico-coactivas conforme a las leyes relativas, asimismo podrá celebrar Convenios con los Ayuntamientos en materia hacendaria para recaudar los impuestos y derechos municipales, asumiendo la calidad de autoridad fiscal Municipal, respecto de las funciones coordinadas, en términos de lo establecido en los artículos 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II, IV, VI, VIII y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 16, 17, 218 y artículo quinto transitorio del Decreto Número 118 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno" en fecha 23 de diciembre del año 2019.

I.3.

Que el Secretario de Finanzas, Rodrigo Jarque Lira, es autoridad fiscal y cuenta con la atribución para suscribir el presente Convenio, en términos de lo previsto por los artículos 17, párrafo tercero del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 2, 4 fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, considerando que a la SECRETARÍA, como dependencia del Ejecutivo Estatal, le corresponde suscribir Convenios de coordinación con los gobiernos municipales en relación con el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas, lo que se acredita con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo del Mazo Maza, de fecha 16 de septiembre de 2017, el cual se integra en copia certificada al presente instrumento como ANEXO A.

I.4.

Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio el ubicado en la calle Lerdo Poniente número 300, primer piso, puerta 250, Palacio del Poder Ejecutivo, colonia Centro, código postal 50000, Toluca, Estado de México.

Del MUNICIPIO
II.1.

Que es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, investido de personalidad jurídica propia, con capacidad para celebrar convenios con el Estado para que se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de las contribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II.2. Que en términos de lo que establece el primer párrafo del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los municipios administran libremente su hacienda, la cual se forma de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan.
II.3. Que mediante acuerdo del punto séptimo, tomado en la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada en fecha once de mayo del año dos mil veintidós, de la que se agrega copia certificada al presente como ANEXO B, el MUNICIPIO aprobó celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.
II.4. Que la Presidenta Municipal, C. Ariadne Saray Benítez Espinoza, se encuentra facultada para suscribir el presente Convenio en términos de lo que establecen los artículos 115 fracciones II, inciso b, IV inciso a, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracciones II y V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 16 y 17 párrafo primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 31 fracciones II y XLVI, 48 fracciones II y XXIII y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 34 y 37 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
II.5.

Que el Secretario del Ayuntamiento, C. Carlos Eduardo Sánchez García, en términos de lo que establece el artículo 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, tiene la atribución de validar con su firma, los documentos oficiales emanados del H. Ayuntamiento y de cualquiera de sus integrantes.

II.6.

Que el Tesorero Municipal, C. Rafael Murillo Díaz, autoridad encargada de administrar la hacienda pública municipal, de recaudar los ingresos municipales y de aplicar el procedimiento administrativo de ejecución; asimismo, participa en la formulación de convenios fiscales que suscriba EL MUNICIPIO, lo
3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 11/07/2023 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha11/07/2023

Nro. de páginas272

Nro. de ediciones5195

Primera edición03/01/2000

Ultima edición11/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031