Periódico Oficial del Estado de México del día 03/09/2020 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CIUDADANOS RAÚL SITT COHEN, ELY SITT SASSON, ANTONIO SHABOT ZONANA, MARCOS SHABOT ZONANA, EMILIA MUSTRI SIDAUY, DAVID SITT MORHAIM, SALOMÓN DABAH HELFON, RAMÓN ZONANA COJAB, JACOBO
ZONANA COJAB, ELIE SITT LEVY, ISAAC ABRAHAM LANIADO AMIGA, MOISÉS CABAZO SITT, ELIE CABAZO SITT, ABRAHAM ISRAEL LANIADO SAADE, ABRAHAM DAYAN CHAYO, EDUARDO BENOZILLO MORHAIM, JACOBO
BENOZILLO CHALJON, JAIME KANAN HAMUI, LINDA MARCOS DAYAN, CARLOS KANAN HAMUI Y ADELA ROFFE
ASSE.
CERRADA DE TENANCINGO NÚMERO 1208
COL. ELECTRICISTAS TOLUCA MEX.
PRESENTE
Me refiero al formato de solicitud recibido con el expediente número DRVMZNO/RLN/OAH/005/2020, mediante el cual solicitó a la Dirección General de Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Gobierno del Estado de México, autorización para llevar a cabo un Condominio con la Modalidad Habitacional Vertical de Tipo Residencial Alto, denominado DESSEA HI LIVING, para desarrollar sesenta 60 áreas privativas, en un terreno con superficie de 2,234.00 m2 dos mil doscientos treinta y cuatro metros cuadrados, ubicado en la Avenida Hacienda del Ciervo número 13, lote 13, manzana I, fraccionamiento Hacienda de las Palmas, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, y CONSIDERANDO
I.

Que el Código Administrativo del Estado de México vigente, en su artículo 5.3 fracción XIII, define al Condominio como La modalidad en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar u ordenar, como una unidad espacial integral, las áreas privativas y comunes, la zonificación y normas de uso y aprovechamiento del suelo, la ubicación de edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura primaria en su caso; así como la imagen urbana de un predio o lote.

II.

Que, de igual forma en el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México vigente, en su artículo 5.3
fracción XIV, define al Condominio Vertical, a la modalidad en la que cada condómino es propietario exclusivo de un piso, departamento, vivienda o local de un edificio y además copropietario de sus elementos o partes comunes, así como del terreno e instalaciones de uso general.

III.

Que ha dado cumplimiento a los requisitos señalados en el artículo 108, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México vigente, según consta en el expediente formado al efecto en esta unidad administrativa.

IV.

Que presenta escrito donde menciona bajo protesta de decir verdad que los datos y documentos que se presenta son los verdaderos para el trámite de condominio.

V.

Que presenta el Dictamen Único de Factibilidad número 037-15-02981-COFAEM-2020 de fecha 27 de abril del año 2020, expedido por la Comisión de Factibilidad del Estado de México.

VI.

Que se acreditó la propiedad del terreno a desarrollar mediante instrumento número sesenta y siete mil ciento cuarenta y siete 67,147, libro dos mil ciento catorce 2,114, de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil quince, ante la fe de Moisés Farca Charavati, titular de la notaría noventa y uno actuando como suplente en el protocolo de la notaría once por licencia de su titular Lic. Carlos Alejandro Durán Loera, de la Ciudad de México, inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, oficina Registral de Naucalpan, con folio real electrónico 00045602, número de trámite 282686, de fecha 15/06/2016; Transmisión de dominio por cancelación de reserva, instrumento sesenta y siete mil quinientos dieciséis 67,516, libro dos mil ciento veinte seis 2,126 ante la fe de Lic. Carlos Alejandro Durán Loera, plenamente identificado titular de la notaría once de la Ciudad de México, inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, oficina Registral de Naucalpan, con folio real electrónico 00045602, número de trámite 282687, de fecha 16/06/2016.

VII. Que presenta poder general limitado, mediante instrumento número sesenta y siete mil ciento ochenta y ocho 67,188, libro dos mil ciento quince 2,115, de fecha veintiocho de enero del año dos mil dieciséis, ante la fe de Moisés Farca Charavati, titular de la notaría noventa y uno actuando como suplente en el protocolo de la notaría once por licencia de su titular Lic. Carlos Alejandro Durán Loera, de la Ciudad de México.
VIII. Que no se requiere apeo y deslinde judicial o catastral.
IX.

Que presenta plano topográfico georeferenciado con coordenadas UTM.

X.

Que presenta evaluación técnica de factibilidad e impacto urbano procedente, oficio número 21200005A/ET/963/2019, de fecha 24 de febrero del año 2020, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, Dirección General de Operación Urbana, Dirección General de la Comisión de Factibilidad del Estado de México.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 03/09/2020 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha03/09/2020

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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