Periódico Oficial del Estado de México del día 02/06/2020 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

En mérito de lo expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y consideraciones previamente señaladas, el Comité de Admisión y Seguimiento ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DEL COMITÉ DE
ADMISIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL HECHO EN EDOMÉX.
CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Primero.- Las disposiciones de los presentes Lineamientos Internos, tienen por objeto regular la organización y funcionamiento del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Hecho en EDOMÉX del Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México.
Segundo.- Para efectos de estos Lineamientos Internos, se entenderá por:
Comité: Al Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Hecho en EDOMÉX;
IIFAEM: Al Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México.
Lineamientos: A los Lineamientos Internos del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa de Desarrollo Social Hecho en EDOMÉX;
Programa: Al Programa de Desarrollo Social Hecho en EDOMÉX;
Reglas de Operación: A las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Hecho en EDOMÉX;
SECTUREM: A la Secretaría de Turismo del Gobierno del Estado de México;
Tercero.- El funcionamiento del Comité será de carácter permanente, se integrará en términos de lo dispuesto por las Reglas de Operación del Programa y tendrá las atribuciones que éstas le establecen.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS
DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DEL COMITÉ
Cuarto.- Las personas integrantes del Comité podrán solicitar por escrito y en forma oportuna a la Secretaría del Comité, la inclusión de asuntos en el Orden del Día, siempre y cuando sean competencia del Comité, debiendo anexar el soporte documental correspondiente.
Quinto.- Las personas integrantes del Comité podrán solicitar a la Secretaría del Comité, mediante escrito debidamente justificado, la realización de sesiones extraordinarias, anexando a sus solicitudes el soporte de los asuntos a tratar.
Sexto.- Las personas integrantes del Comité, podrán autorizar la asistencia de invitados cuya intervención se considere necesaria para enriquecer aspectos técnicos, administrativos o de cualquier otra índole, cuando así lo juzguen conveniente, justificando previamente su participación en el mismo, para lo cual deberán apegarse a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa y los presentes Lineamientos Internos.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 02/06/2020 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha02/06/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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