Periódico Oficial del Estado de México del día 20/03/2020 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

MEXICO DIESEL ELECTRO-MOTIVE S.A. DE C.V.
Primera Convocatoria De conformidad con lo dispuesto en el artículo DÉCIMOCUARTO de los Estatutos Sociales de la Sociedad Mercantil denominada MEXICO DIESEL ELECTRO-MOTIVE S.A. DE C.V., con fundamento en lo dispuesto por los artículos 179, 180, 181, 183, 186, 187 y 190 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, SE CONVOCA a los Accionistas de dicha Sociedad, en primera convocatoria, a una Asamblea General Ordinaria de Accionistas, misma que tendrá verificativo a las 11:00 horas del próximo 10 de abril del año 2020 en la calle de Protón No.
19 Colonia Parque Industrial en Naucalpan de Juárez Estado de México C.P. 53489, domicilio social de México Diesel Electro-Motive S. A. de C. V., de conformidad con el siguiente:
ORDEN DEL DIA
l.

Lista de asistentes.

II.

Nombramiento de Presidente y Secretario de la Asamblea y verificación de asistencia a la Asamblea.

III.

Propuesta para hacer constar el fallecimiento del Administrador Único Vitalicio de la Sociedad y que el 70% de sus acciones fueron legadas a su hija María Elisa Romo Manni.

IV. Propuesta para informar asuntos legales de la Sociedad y acciones jurídicas a emprender.
V.

Propuesta para designar a un nuevo Comisario de la Sociedad ante la negativa del actual de continuar en el cargo.

VI. Se propone revocar del cargo de Administrador Único provisional al C. Jorge Ramón Romo Bryon y en su lugar designar a un nuevo Administrador Único provisional por el nuevo Comisario en términos de la fracción II in fine del artículo 155 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
VII. Constatar que se dio cumplimiento al artículo DÉCIMO PRIMERO de los estatutos sociales, consistente en que para que los accionistas puedan asistir a las asambleas, deberán depositar en la administración de la sociedad o en alguna institución de crédito, sus acciones o certificados de depósito de las mismas.
VIII. Constatar que se dio cumplimiento al artículo VIGÉSIMO TERCERO de los Estatutos Sociales, en concordancia con el artículo 152 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, consistente en que tanto el Administrador Único provisional como el Comisario que sean designados, deben CAUCIONAR
o GARANTIZAR su desempeño con el depósito en la sociedad de UNA ACCIÓN o su equivalente en dinero en efectivo, o mediante fianza de igual cantidad por compañía autorizada.
IX. Designación de Delegados de la Asamblea.
X.

Lectura, y en su caso, aprobación del Acta de Asamblea.

Se previene a los Accionistas de la Sociedad, que deberán comparecer personalisimamente a la Asamblea observando los protocolos de seguridad implementados para contener el coronavirus.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a 13 de marzo del año 2020.
EDGAR ESCOBAR MIRAMONTES
COMISARIO
RÚBRICA.
1332.-20 marzo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 20/03/2020 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha20/03/2020

Nro. de páginas128

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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