Periódico Oficial del Estado de México del día 29/03/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 4

29 de marzo de 2019

Orienta el comportamiento de los servidores públicos de la Secretaría, al que deben sujetarse en su quehacer cotidiano para prevenir conflictos y delimitar su actuación en situaciones específicas que puedan presentarse conforme a tareas, funciones o actividades que involucran tanto la operación como el cumplimiento de programas de trabajo.
El lenguaje empleado en el presente Código de Ética no genera ninguna distinción ni marca diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción representan a ambos sexos.
Glosario Para efectos del presente documento se entenderá por:
a
Código: Código de Ética de los Servidores Públicos de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México;

b
Normas éticas: Promueven la actuación ética y responsable de los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo y, con ello, contribuyan al cumplimiento de los objetivos y metas propuestos, en concordancia con principios y directrices contenidos en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, así como de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios;

c
Poder Legislativo: Poder Legislativo del Estado de México;

d
Secretaría: Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México; y
e
Servidor público: Persona que desempeña un empleo, cargo o comisión en la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México.
Capítulo I
Del objeto del Código
El presente Código establece las normas éticas que rigen la actuación de los servidores públicos de la Secretaría; su aplicación es obligatoria y en ninguna circunstancia, obstaculiza ni impide el libre ejercicio de derechos, manifestación de ideas y libertad de expresión.
Capítulo II
Principios del servicio público Los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función deben observar los principios siguientes:
I.

Legalidad. Hacer solo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo, comisión o función, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;

II.

Honradez. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo, comisión o función para obtener o pretender algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio;

III.

Lealtad. Corresponder a la confianza que la Secretaría les ha conferido con una vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;

IV.

Imparcialidad. Dar a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, no conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitir que influencias, intereses o prejuicios, afecten o comprometan la toma de decisiones para ejercer sus funciones de manera objetiva;

V.

Eficacia. Garantizar la obtención de objetivos, fines y metas;

VI.

Eficiencia. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 29/03/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha29/03/2019

Nro. de páginas244

Nro. de ediciones5195

Primera edición03/01/2000

Ultima edición11/06/2024

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