Periódico Oficial del Estado de México del día 14/02/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

14 de febrero de 2019

Página 3

Acuerdo: Es el pronunciamiento de los miembros de la Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia, de los asuntos sometidos a la Comisión.
Comisión: A la Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
Invitados: Cualquier persona o servidor público, con derecho a voz, para aclarar aspectos técnicos o administrativos relacionados con los asuntos que se someten en el pleno de la Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
Ley: A la Ley para la Coordinación y Control de Organismos Auxiliares del Estado de México.
Manual: Al presente Manual de Operación para la Integración y Funcionamiento de la Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
Órgano de Gobierno: Es el número de vocales que integra el H. Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia de conformidad con el acto jurídico de su creación, además de un Presidente y un Secretario.
Presidente: Al Secretario General de Gobierno o quien designe como suplente.
Quórum: Número mínimo de integrantes con derecho a voz y voto cincuenta por ciento, mas a uno, requerido para sesionar.
Reglamento: Reglamento de la Ley para la Coordinación y el Control de Organismos Auxiliares y Fideicomisos del Estado de México.
Secretario Técnico: Al Director General del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia.
Vocales Propietarios: Miembros con derecho a voz y voto integrantes de la Comisión.
Vocales Suplentes: Miembros integrantes de la Comisión con derecho a voz y voto, designados por los Vocales propietarios quienes sólo participaran en ausencia de los titulares.
5.

DE LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN

La Comisión, se integró a través del Acta de Instalación de fecha tres de julio de dos mil dieciocho, la cual contiene de manera enunciativa, mas no limitativa, lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.

Nombre del Organismo;
Lugar y Fecha de instalación;
Nombre de cada uno de los integrantes de la Comisión y cargo con el que participan;
Fundamento legal;
Hoja de firmas y rubricas de los integrantes de la Comisión; y Sello de la dependencia, en su caso.
5.1 La Comisión se integra por:

I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.

Secretario General de Gobierno; Presidente.
Director General del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia; Secretario Técnico.
Secretaría de la Defensa Nacional; Vocal.
Procuraduría General de la República; Vocal.
Policía Federal; Vocal.
Secretaría de Contraloría; Vocal Secretaría de Justicia y Derechos Humanos; Vocal.
Secretaría de Salud; Vocal.
Secretaría de Seguridad; Vocal.
Fiscalía General de Justicia; Vocal.
Comisión Estatal de Derechos Humanos; Vocal.
Coordinación de Protección Civil; Vocal.

Los integrantes de la Comisión de Prevención Integral del Instituto Mexiquense de la Pirotecnia tendrán derecho a voz y voto, a excepción del Secretario Técnico quien sólo participará con voz. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
A las sesiones de la Comisión podrá invitarse a servidores públicos cuya intervención se considere necesaria para aclarar aspectos de prevención o seguridad relacionados con los asuntos puestos a consideración, haciéndoles llegar la respectiva invitación convocatoria, con 24 horas de anticipación, como mínimo, quienes sólo participarán con voz.
Los integrantes de la Comisión deberán designar por escrito a sus respectivos suplentes, los que tendrán el nivel jerárquico inmediato inferior y sólo deberán participar en ausencia del titular, sin que éste último pueda tener más de dos faltas consecutivas.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 14/02/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha14/02/2019

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones5182

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/05/2024

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