Periódico Oficial del Estado de México del día 07/01/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 16

7 de enero de 2019

Oficina del Gobernador Oficina del Gobernador 2018. Año del Bicentenario del Natalicio de Ignacio Ramírez Calzada, El Nigromante EDICTO
Toluca, México, 29 de noviembre de 2018.
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 130 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; TERCERO Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 22 de noviembre de 2018; 3, 15, 19 fracción XIV y 38 Bis fracción XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 2, 3 fracciones IV y VIII, 41, 42 fracciones XIX y XXII, 43, 52 primer párrafo, 59 fracción I, 63, 79 párrafo segundo inciso a y quinto, 80
fracciones II y III y 80 bis fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 123 y 129 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 26, 27, 28 fracción V y XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría publicado en Gaceta del Gobierno el 12 de febrero de 2008; y, 43 fracciones VIII y XX del Reglamento Interno del Instituto de Salud del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 12 de agosto de 2011; ordenamientos vigentes al momento de constituirse la presunta responsabilidad administrativa. Asimismo, lo establecido en los artículos 9 fracción VIII y 10 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios; 35, 36 y 37 fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 22 de noviembre de 2018; se cita a los CC.
FRANCISCO JAVIER ROJAS GARCÍA y SANDRA ÁLVAREZ MARINEZ, los días y horas siguientes:
SERVIDOR
PÚBLICO
Francisco Javier Rojas García Sandra Álvarez Marínez
CARGO

FUNCIONES

Dictaminador
Supervisión
Trabajadora Social
Práctica de estudios socioeconómicos
FECHA DE
AUDIENCIA
18/01/2019

HORA DE
AUDIENCIA
9:30 horas
INTEGRADO AL
EXPEDIENTE
CI/ISEM/MB/082/2017

18/01/2019

12:30 horas
CI/ISEM/MB/052/2017

En la oficina que ocupa el Departamento de Responsabilidades de la Subdirección de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Contraloría Interna del Instituto de Salud del Estado de México, sita en la calle de Juan Álvarez oriente 917 casi esquina con Isabel la Católica, colonia San Sebastián, Toluca, México;
respecto de las presuntas irregularidades que se les atribuyen, las que consisten en:
AL
SERVIDOR
PÚBLICO
Francisco Javier Rojas García
Sandra Álvarez Marínez
PRESUNTA IRREGULARIDAD
QUE SE LE ATRIBUYE

NORMAS INFRINGIDAS

Omitió presentar su manifestación de bienes por baja de su cargo en el servicio público, en el desempeño de sus funciones de supervisión. Ya que la fecha en que causó baja fue el 1/06/2017, el plazo para cumplir con dicha obligación feneció el 31/07/2017.
Omitió presentar su manifestación de bienes por anualidad y la correspondiente actualización de Declaración de Intereses, feneciendo el plazo para cumplir con dichas obligaciones el 31/05/2017.

Artículo 42 fracciones XIX y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, en relación con los artículos 79 párrafo segundo inciso a, y 80 fracción II de la invocada Ley de Responsabilidades; y 1.1 fracción II del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de febrero de 2004.

Artículo 42 fracciones XIX y XXII, 80 fracción III y 80 Bis fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios; 1.1 fracción III y 1.2
fracción VIII inciso c del Acuerdo que Norma los Procedimientos de Control y Evaluación Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de México y sus Municipios, publicado en la Gaceta del Gobierno el 11 de febrero de 2004.

Por otra parte, se comunica que durante el desahogo de sus garantías de audiencia se les podrán formular preguntas en los términos establecidos en el artículo 59 fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, vigente al momento de materializarse los hechos presuntamente irregulares; asimismo, TIENEN EL DERECHO DE OFRECER PRUEBAS Y FORMULAR LOS ALEGATOS O CONSIDERACIONES QUE A
SUS INTERESES CONVENGAN, POR SÍ O A TRAVÉS DE UN DEFENSOR QUE DESIGNEN, respecto de los hechos que se le atribuyen, apercibiéndolos que para el caso de no comparecer el día y hora señalados para el desahogo de la diligencia administrativa a la que se les cita, se les tendrá por perdido su derecho de ofrecer pruebas y formular alegatos en esta etapa procesal y por satisfecha su garantía de audiencia, en términos de lo establecido por los artículos 30 y 129 fracción III del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Asimismo, se les apercibe a efecto de que señalen domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del territorio estatal, ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se realizarán por estrados, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II del artículo 25 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Con fundamento en el artículo 143 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, publicada en la Gaceta del Gobierno del 4 de mayo de 2016; 6 y 18 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado el 30 de mayo de 2017, se les requiere para que al momento de comparecer al desahogo de su garantía de audiencia, manifiesten su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su información confidencial, en el entendido que la omisión a desahogar tal requerimiento, establecerá su conformidad y dicha información será confidencial. Asimismo, se les hace de su conocimiento que el expediente en que se actúa, se encuentra a su disposición para su consulta en la Subdirección de Responsabilidades y Situación Patrimonial de esta Contraloría Interna del Instituto de Salud del Estado de México, y que en la celebración de la audiencia a la que se les cita, deberán presentar original y copia de la identificación oficial vigente con fotografía.
ATENTAMENTE
EL TITULAR
LIC. RAFAEL LEÓN BARRIOS
RÚBRICA.
18.-7 enero.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 07/01/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha07/01/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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