Periódico Oficial del Estado de México del día 09/10/2018 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2
CCVI
78

9 de octubre de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

INGENIERO
JOSÉ TOLEDO JIMENO
REPRESENTANTE LEGAL
DE FRACCIONADORA Y
CONSTRUCTORA TULPA, S.A. DE C.V.
P R E S E N T E
Me refiero a su escrito con folio No. 8169/18, recibido por la Dirección General de Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, relacionado con la Autorización del Condominio Horizontal de Tipo Habitacional Residencial en el Lote 5, Manzana III, del Fraccionamiento BOSQUES DEL LAGO, SECTOR 04, conocido comercialmente como LA
FLORESTA, en el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y C O N S I D E R A N D O
Que se tiene acreditada su representación legal e identificación en el expediente integrado del Fraccionamiento objeto del presente Acuerdo, en el Sistema Estatal de Información del Desarrollo Urbano, ubicado en la Dirección General de Planeación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, lo que consta en Escritura Pública No. 51,396, otorgada el veintisiete de octubre del dos mil catorce, ante el Notario Público No. 64 del Estado de México.
Que mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, el veintidós de mayo de mil novecientos setenta y uno, se Autorizó el referido Fraccionamiento en favor de RESIDENCIAL BOSQUES DEL LAGO S.A. DE
C.V., expedida al amparo de la entonces Ley de Fraccionamientos de terrenos del Estado de México, en donde se estableció la obligación de ceder áreas de donación, no así las obras de equipamiento ordenada por la legislación vigente.
Que se autorizó la Subrogación Total de Derechos y Obligaciones del referido Fraccionamiento, en favor de su representada, según Acuerdo publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, el seis de septiembre del dos mil cinco, misma que fue protocolizada, en Escritura Pública No. 31,619 del veintiocho de octubre del dos mil cinco, ante el Notario Público No. 102 del Estado de México, la cual se inscribió en el Registro Público de la Propiedad del Estado de México, el doce de marzo del dos mil seis.
Que los datos de uso de suelo, dimensiones, medidas, colindancias y número de viviendas, del Lote materia de su solicitud, se consignan en el Acuerdo de Autorización de Relotificación Parcial del Fraccionamiento mencionado, según Oficio No. 224112000/0209/05 del veintinueve de marzo del dos mil cinco, el cual fue protocolizado en Escritura Pública No. 31,092 del primero de agosto del dos mil cinco otorgada ante el Notario Público No. 102 del Estado de México.
Que el Lote objeto de su solicitud, no reporta gravamen y/o limitantes, según Certificado de Libertad o Existencia de Gravámenes, expedido por el Instituto de la Función Registral del Estado de México, de fecha cuatro de abril del dos mil dieciocho, en el cual se establece, la permanencia de la propiedad del mismo en favor de su representada.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 09/10/2018 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha09/10/2018

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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