Periódico Oficial del Estado de México del día 10/09/2018 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2
CCVI
78

10 de septiembre de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO
CIUDADANO
GABRIEL DÍAZ RIVERO
REPRESENTANTE LEGAL DE
FRACCIONADORA BELLAVISTA, S.A. DE C.V.
PRESENTE
Me refiero a su solicitud con número de folio 6138/18, recibida en la Dirección General de Operación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, relacionada con la Autorización de la Relotificación Parcial de los Lotes 2, 3 y 5 de la Manzana IV, en el Fraccionamiento Bellavista, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
C O N S I D E R A N D O
Que según Acuerdo publicado en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno del Estado de México de fecha once de septiembre de mil novecientos sesenta y tres se autorizó el Fraccionamiento denominado Bellavista en favor de la Sociedad Mercantil denominada Fraccionadora Bellavista, S.A. de C.V. al amparo de la entonces Ley de Fraccionamientos de Terrenos del Estado de México.
Que se tiene por acreditada su representación legal e identificación en el expediente integrado al Fraccionamiento objeto del presente Acuerdo en el Sistema Estatal de Información del Desarrollo Urbano, ubicado en la Dirección General de Planeación Urbana, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, lo que consta en Escritura Pública No. 2,323 del treinta de diciembre del dos mil dieciséis otorgada ante la fe del Notario Público No.
134 del Estado de México y se identifica mediante Pasaporte expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos No. GO5449729, del veintiuno de septiembre del dos mil diez.
Que los datos de uso del suelo, dimensiones, medidas, superficie, colindancias y número de viviendas, de los Lotes materia de su solicitud se consignan a la Autorización original del referido Fraccionamiento; así como a las Relotificaciones Parciales autorizadas en oficios Nos. 206112/1691/96, 224024000/272/2011 224020000/2049/2013, de fechas trece de diciembre de mil novecientos noventa y seis, veintinueve de abril del dos mil once y dieciocho de junio del dos mil trece, respectivamente.
Que el Instituto de la Función Registral del Estado de México expidió Certificados de Libertad de Gravámenes con fechas tres y diez de mayo, cinco de julio del dos mil dieciocho los cuales reporta inexistencia de gravámenes, señalando que la propiedad de los Lotes materia de su solicitud permanece en favor de su representada Que el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, Artículo 5.3, Fracción XL conceptualiza la Relotificación, como el acto por el cual a dos o más Lotes o áreas privativas, según corresponda, se le modifican las dimensiones o las ubicaciones originalmente establecidas en la Autorización del Conjunto Urbano, subdivisión o condominio, sin que se incremente el área vendible ni el número de viviendas o lotes.
Que realizado el estudio a la documentación exhibida, se determinan satisfechos los requisitos previstos en el Artículo 5.47 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, así como en los Artículos 79 y 80 de su Reglamento, para otorgar la Relotificación Parcial solicitada.
Que acreditó, el pago de derechos por Relotificación Parcial, en apego al Artículo 144 Fracción IV, del Código Financiero del Estado de México y Municipios, por la cantidad de $5,851.56 CINCO MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y UN PESOS 56/100 M.N, según el recibo expedido por la Tesorería Municipal correspondiente; lo que resulta de la cuota de 1.21 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización Publicado en el Diario Oficial de la Federación del diez de enero del dos mil dieciocho que asciende a $80.60, por las 60 viviendas materia de la Relotificación Parcial que se Autoriza.
Que esta Autoridad es competente para emitir la presente Autorización, con fundamento en los Artículos 8, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; con apoyo en los Artículos 3, 15, 19 Fracción VIII y 31 Fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 5.1, 5.2, 5.3 Fracción XL, 5.5 Fracción l, 5.7 y 5.9 Fracción IV, 5.46,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 10/09/2018 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha10/09/2018

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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