Periódico Oficial del Estado de México del día 25/01/2018 (Sección Novena)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

Página 2

25 de enero de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
LA H. "LIX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO DECRETA:
DECRETO NÚMERO 285
ARTÍCULO PRIMERO. Con fundamento en lo que establece el artículo 61, fracción XXV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, se aprueba el Convenio Amistoso para la Precisión y Reconocimiento de Límites Territoriales, celebrado por los Ayuntamientos de Tejupilco y Zacazonapan, Estado de México, el 28 de julio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. Los Ayuntamientos de Tejupilco y Zacazonapan, Estado de México, respectivamente, están de acuerdo en realizar trabajos conjuntos de amojonamiento y señalización sobre la línea limítrofe, en un 50% cada uno, en los puntos estratégicos que señalen, por conducto de los representantes que designen para tal efecto.
ARTÍCULO TERCERO. Los Ayuntamientos de Tejupilco y Zacazonapan, convienen en respetar las restricciones sobre el uso del suelo a lo largo de la franja limítrofe que une los territorios de los Municipios respectivos, siendo de cuatro metros de derecho de vía por cada lado.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
TERCERO. Hágase del conocimiento el presente Decreto al Instituto Nacional Electoral, así como al Instituto Electoral del Estado de México, para los efectos legales conducentes.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.- Presidente.- Dip. Diego Eric Moreno Valle.Secretarias.- Dip. Irazema González Martínez Olivares.- Dip. Mirian Sánchez Monsalvo.- Dip. María Teresa Monroy Zarate.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 23 de enero de 2018.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA
RÚBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
MTRO. SERGIO ALEJANDRO OZUNA RIVERO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 25/01/2018 (Sección Novena)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaísMéxico

Fecha25/01/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones67

Primera edición27/02/2004

Ultima edición19/12/2018

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2018>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031